Viernes 04 de Diciembre del 2014
 
     
 
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Empresas deben programar capacitaciones

Las empresas que tengan previsto celebrar convenios de capacitación laboral juvenil durante 2016 deberán presentar su programa anual de este tipo de modalidad formativa ante la autoridad administrativa de trabajo hasta el 31de diciembre del presente año...

El Programa Anual de Capacitación Laboral Juvenil deberá contener tantos planes de capacitación como ocupaciones a ser cubiertas, considerándose los objetivos planteados para esta modalidad formativa, establecidos en el artículo 16 de la Ley Nº 28518.

Los convenios de capacitación laboral juvenil pueden celebrarse con jóvenes de entre 16 y 23 años que no hayan culminado o han interrumpido su educación básica, o que habiéndola culminado no siguen estudios superiores, detalla un informe jurídico de Miranda & Amado Abogados.

Los beneficiarios de esta modalidad no pueden exceder del 20% del total de personal del área u ocupación específica ni del 20% del total de trabajadores de la empresa con vinculación laboral directa. Aunque este tope puede incrementarse en 10% adicional si este último porcentaje está compuesto por jóvenes con discapacidad y jóvenes madres con responsabilidades familiares, añade el informe.

Precisión

Si las empresas tienen más de tres trabajadores pero menos de diez, solo se puede suscribir convenio con un joven beneficiario bajo la citada modalidad

Fuente: Diario El Peruano, viernes 04-12-2015
www.elperuano.pe
Compañías de seguros a favor de usar fondos en AFP para adquirir una vivienda
El presidente de Apeseg, Eduardo Morón, refirió que esta medida haría más atractivo al sistema privado de pensiones. Pleno del Congreso ya aprobó el proyecto de ley que permitiría a los jubilados en las AFP poder retirar el 95.5% de sus fondos.

Paracas.- La propuesta realizada hace unos días por el Grupo Credicorp, para que los afiliados a las AFP puedan usar parte de sus fondos como garantía para financiar la cuota inicial de un crédito hipotecario, ha sido bien recibida por las compañías de seguros, quienes respaldaron esta iniciativa.

“Una de las cosas que les molesta a los afiliados es ver que sus fondos están muy lejos en el tiempo. Entonces, una opción es pensar en esquemas donde puedas usar esos recursos como garantía de estos préstamos”, indicó al respecto Eduardo Morón, presidente de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg).

La propuesta se hizo en medio del debate que se venía realizando en el Congreso ante un proyecto de ley que buscaba permitir a los afiliados a las AFP poder retirar el 95.5% de sus fondos al momento de jubilarse.

El proyecto finalmente anoche se aprobó en el Pleno del Congreso.

[LEA TAMBIÉN: AFP Prima propone que afiliados usen fondos para acceder a un crédito hipotecario sin pagar cuota inicial]

Al momento de jubilarse, un afiliado a las AFP debe optar entre transferir su fondo a una compañía de seguros para recibir una renta vitalicia o mantenerlo en una AFP y escoger alguna modalidad de pensión.

Eduardo Morón se mostró en contra del proyecto del Congreso, pues refiere que los jubilados podrían quedarse sin pensión si eligen retirar todo su fondo.

En cambio, sí está de acuerdo con la propuesta para que los afiliados puedan retirar su fondo de pensiones, incluso antes de jubilarse, en caso de tener una enfermedad terminal.

“En esa situación no tiene sentido que el afiliado tenga que esperar a la edad de jubilación para contar con una pensión”, anotó Morón, quien es uno de los asistentes alCADE 2015..

Fuente: Diario Gestión, viernes 04-12-2015
www.gestion.pe
 
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