Martes 13 de mayo del 2014
 
     
 
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Produce sugerirá cambios en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
El Ministerio de la Producción (Produce) informó hoy que sugerirá al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) cambios en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y en el marco regulatorio de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

El ministro de la Producción, Piero Ghezzi, presentó hoy el proyecto del Plan Nacional de Diversificación Productiva, uno de cuyos principales ejes es la reducción de sobrecostos y de regulaciones inadecuadas, para incrementar la rentabilidad y la inversión de las empresas.

Explicó que la Dirección de Políticas y Regulación del Produce se enfocará en optimizar las regulaciones en tres áreas: laboral, salud, y medioambiental.

Agregó que Produce identificó 46 obstáculos para la realización de trámites y procesos, cuya solución deberá implementarse progresivamente en 2014 y 2015.

Por su parte la viceministra Mype e Industria, Sandra Doig, afirmó que Produce no solo está revisando el marco regulatorio de Sunafil sino su aplicación, que es la mayor preocupación de los empresarios.

Estamos trabajando estrechamente con el Ministerio de Trabajo para afinar la aplicación y que sea realista en función de tamaño de las empresas. Hay mucha desinformación en el sector privado y la aplicación de multas”, dijo.

Estimó que las sugerencias serán presentadas por Produce en las próximas semanas.

Asimismo, Doig aseveró que no solo se trabaja en la eliminación de sobrecostos sino de brindar a las empresas otra clase de incentivos tributarios, como el cofinanciamiento de emprendimientos.

Un ejemplo de ello, es el programa Start Up Perú que busca financiar 10 incubadoras de negocios y FINCyT financiará 200 emprendimientos.

Hay diferentes maneras de incentivar a las empresas, los incentivos son una de esas medidas, este gobierno ha avanzado en mejoras de regulación tributaria para mejorar la innovación”, anotó.

Del mismo modo, se sistematizará la demanda de información del Estado para lo cual este año se implementará un nuevo sistema que buscará optimizar las demandas de información pública al privado.

Además del eje de eliminación de sobrecostos, los otros dos ejes del plan son la diversificación productiva y la expansión de la productividad de la economía


Fuente: Andina, martes 13-05-2014
www.andina.com.pe
Las AFP en ningún caso se quedan con fondos de pensiones de los afiliados

El monto de la pensión de jubilación en el Sistema Privado de Pensiones se determina sobre la base de la cantidad de dinero que el afiliado acumule durante su vida laboral.

Miguel Alonso Juape
miguel.juape@diariogestion.com.pe

Las modalidades usadas por los afiliados del sistema privado de pensiones (SPP)son la “renta programada” y la “ renta vitalicia”, pero en ningún caso la AFP se queda con los fondos de pensiones que administra, explicó el laboralista César González Hunt.

En el caso de la renta programada, el afiliado es propietario del fondo acumulado durante su vida laboral, y acordará con la AFP el mecanismo para su retiro. “Es similar a un ahorro en el banco que se retira previo acuerdo, sujeto a determinados mínimos y máximos”, así como el pago de sus derechohabientes (esposa, hijos y otros).

En el caso de la renta vitalicia, que es la más usada en el SPP, el afiliado pierde la propiedad de su fondo, ya que lo licita (vende) a una empresa de seguros, que establece un mecanismo para la entrega del dinero (póliza), que incluye el pago de una pensión para el titular y sus derechohabientes.

Herederos
En el caso de la renta programada, como la titularidad del fondo acumulado sigue perteneciendo al afiliado, se aplican las reglas de la herencia. Sin embargo, a falta de derechohabientes o herederos, el dinero se prorratea al fondo del sistema privado de pensiones. Es decir, con una alícuota a cada afiliado, pero no a la AFP.

Por su parte, si el afiliado elige la renta vitalicia, el fondo acumulado ya no es de propiedad de la AFP sino de la aseguradora,que compra un riesgo (pago más allá de la proyección de vida del afiliado), razón por la cual la aseguradora cumple con el pago determinado en el plan elegido, que incluye la proyección de vida del afiliado y de sus derechohabientes. Si no existieran derechohabientes, el dinero no vuelve al fondo del afiliado.

PARA RECORDAR

1.- Edad. La edad de jubilación es de 65 años.

2.- Elección. El afiliado puede optar, al momento de jubilarse, entre recibir una pensión por retiro programado y renta vitalicia. El primero es revocable, la segunda es definitiva.

3.- Prima. Solo para la renta vitalicia, la AFP paga a la aseguradora una “prima única”, compuesta por el fondo acumulado de pensiones; aportes voluntarios con y sin fin previsional; el bono de reconocimiento, si fuera el caso, y un aporte adicional en caso de invalidez y sobrevivencia


Fuente: Diario Gestión, martes 13-05-2014
www.gestion.com.pe
 
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