Lunes 10 de febrero del 2014
 
     
 
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“Fusión de Mibanco y Edyficar conformaría la microfinanciera líder de Latam con activos por S/. 9,343 millones”

Así lo informó Gianfranco Ferrari, presidente del directorio de Financiera Edyficar, luego de que comprara Mibanco. En los últimos tres años, ambas entidades lograron bancarizar medio millón de peruanos.


La compra de Mibanco de parte de Edyficar, subsidiaria del holding Credicorp, busca concretar la unión de las dos entidades más importantes en el mercado peruano de financiamiento a la micro y pequeña empresa, con el objetivo de convertirse en en la institución especializada en microfinanzas líder en América Latina con activos administrados por S/. 9,343 millones.

Así lo informó Financiera Edyficar en un comunicado de prensa. En palabras del presidente de su directorio, Gianfranco Ferrari, “la unión de ambas entidades permitirá apuntalar la inclusión financiera en el país y fortalecerá el mercado de las microfinanzas”.

Informó que tan sólo en los últimos tres años, Edyficar y Mibanco han logrado bancarizar a medio millón de peruanos. Ambas entidades -precisó- tienen su origen en iniciativas de desarrollo social, y desde su creación hace más de 15 años, han liderado la inclusión financiera en el país.

“Edyficar y Mibanco comparten una orientación común, compromisos afines y orígenes cercanos, todo lo cual facilitará la integración entre ambas. Igualmente muestran una gran complementariedad, ya que Edyficar es líder en el segmento de la microempresa y Mibanco aporta una cartera muy relevante en pequeña empresa”, complementó Ferrari.

Por su parte, Percy Urteaga, vicepresidente de Financiera Edyficar, señaló que esta operación generará importantes sinergias que beneficiarán a los clientes de las dos instituciones, pues pondrá a disposición la red de atención más amplia y conveniente del segmento y brindará la mejor oferta de productos financieros para atender las necesidades de los emprendedores.

Detalló que Edyficar registró una expansión en sus colocaciones en los últimos tres años a una tasa anual promedio de 38%, logrando los ratios de morosidad más bajos del mercado microfinanciero.

Compra no afecta a clientes
La transacción se encuentra sujeto a la aprobación de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Hasta que eso no ocurra, las dos entidades continuarán operando de forma independiente, por lo que este proceso no tendrá ningún impacto en el servicio que tanto Edyficar como Mibanco prestan a sus clientes, informó la empresa.








Fuente: Diario Gestión, lunes 10-02-2014
www.gestion.com.pe
Trabajadores 'part time' deben tener derecho a vacaciones, advierte Ricardo Herrera

Abogado laboralista explicó que en el Perú los trabajadores pueden vender 15 días de vacaciones al empleador. Si no toma el descanso cuando corresponde la empresa deberá indemnizarlo.


  • Javier Prialé
  • javier.priale@diariogestion.com.pe

En el Perú los trabajadores part time no tienen derecho a gozar de vacaciones. Sin embargo el abogado laboralista,Ricardo Herrera, afirmó que este derecho sí les corresponde, ya que así lo estipula la Constitución y la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

“Yo diría que inclusive los part time tienen derecho a vacaciones ya que la Constitución y el convenio 152 de laOIT dice que todo trabajador sin distinguir entre full time o part time tiene este derecho. Según la OIT debería ser de al menos seis días al año para el part time y 30 días para el full time”, dijo el socio principal del estudio Muñiz.

Asimismo, comentó que en el Perú los trabajadorespueden vender al empleador hasta 15 días de vacaciones. Es decir, si por alguna urgencia necesitara dinero puede ofrecer estos días a cambio de un pago adelantado.

Con ello, en el mes de solicitud el trabajador recibiría el sueldo que le corresponde más medio sueldo por las vacaciones vendidas.

Además las vacaciones pueden ser tomadas de manera fraccionada, pero como mínimo el empleador otorgará siete días. No se permite tomar días sueltos a cambio de vacaciones.

“El empleador puede obligarte a tomar vacaciones, porque si propone a salir y el trabajador no está de acuerdo, el empleador se impone unilateralmente y puede hacerlo por razones productivas, administrativas,etc. No es un acto de hostilidad”, precisó a gestion.pe.

Si el trabajador por algún motivo no sale de vacaciones en el año que le corresponde, entonces se genera automáticamente su derecho a recibir una indemnización por falta de descanso vacacional equivalente a un sueldo.





Fuente: Diario Gestión, lunes 10-02-2014
www.gestion.com.pe
 
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