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Miércoles 30 de abril del 2014 |
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NOTICIAS DEL DÍA |
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Remuneración por 1 de mayo
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Según la Ley de descansos remunerados (D. Leg. 713), mañana jueves (1 de mayo) es considerado feriado nacional para trabajadores de los sectores público y privado por celebrarse el Día del Trabajo. Por tanto, las remuneraciones serán percibidas íntegramente y sin condición alguna, aun cuando el trabajador posea inasistencias o tardanzas durante la semana.
De coincidir esta fecha con el día de descanso semanal, corresponderá al trabajador un día de haberes por el feriado, además de la remuneración por descanso semanal, refiere la Cámara de Comercio de Lima (CCL). Al respecto, su gerente legal, Víctor Zavala, detalla que cuando el trabajador labore el 1 de mayo, sin descanso posterior, percibirá tres remuneraciones diarias, una por el feriado y doble por laborar en día feriado. Aunque de existir acuerdo entre el empleador y trabajador para el descanso posterior, ya no habrá pago adicional por haber laborado en un día feriado, pues se tendrá un día de descanso (pagado), diferente al 1 de mayo.
El trabajador no está obligado a laborar durante el feriado no laborable, ya sea por el pago adicional o por un descanso compensatorio. Si la persona no asiste ese día, siempre tendrá derecho al pago adicional del feriado.
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Empleadores deben cerca de S/. 18.000 millones a afiliados a las AFP
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Más de 1,8 millones de afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) no pueden cobran su jubilación completa y en el peor de lo casos no cobran. Ello por culpa de sus empleadores quienes ilegalmente se apropiaron de sus fondos y no lo depositados a la AFP correspondiente.
Según el Grupo Sura, la deuda acumulada desde junio de 1993 a la fecha bordea los S/. 18.000 millones, de los cuales el 56% proviene de instituciones y empresas estatales y el 44% restante de privados.
De la deuda estatal el 60% proviene de los gobiernos regionales y en el caso del sector privado los grandes deudores son las empresas de los rubros Construcción y Agroexportación
“A una empresa privada tú le puedes cobrar a través de un embargo, pero eso no funciona con las instituciones del Estado porque tú no puedes embargar una municipalidad, ni al Ministerio de Salud ni al de Educación”, enfatizó el presidente de Sura Perú, Jorge Ramos.
En la actualidad las AFP han entablado más de 300.000 juicios, mediante los cuales buscan recuperar el dinero de los afiliados.
Al respecto el vicepresidente Operaciones de AFP Integra, César Chang, señaló que los intereses generados, que llegan en algunos casos a los 900%, hacen incobrable la deuda.
“Dada la magnitud de la deuda que existe, es imperativo que realicen una reprogramación de deudas, un fraccionamiento”, afirmó.
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