Lunes 10 de junio del 2013
 
     
 
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Estrategia contra el trabajo forzoso

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó el Segundo Plan Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso 2013-2017, a fin de dar una respuesta articulada entre el Estado y la sociedad civil frente a este problema, que atenta contra la libertad de trabajo y la dignidad del trabajador.


Este plan entra en vigencia desde hoy y sustituirá al Plan Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso, vigente desde el 2007 y que queda derogado, de acuerdo con el decreto supremo publicado ayer.

Se debe tener presente que el Segundo Plan Nacional fue aprobado por la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso (CNLCTF) en enero de este año.

El MTPE detalló que las entidades públicas, organizaciones de empleadores y de trabajadores que forman parte de la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso adoptarán las medidas necesarias para la ejecución del plan.

En tanto que la supervisión y el monitoreo corresponderán a la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso, que recae en la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales Laborales del MTPE.

Fuente: Diario El Peruano, lunes 10-03-2013
www.elperuano.com.pe

Impulsan la flexibilidad en los tiempos de trabajo

La Ley 30036 del teletrabajo impulsará este sistema laboral que procura flexibilizar el manejo de los tiempos de trabajo y mejorar la calidad de vida del trabajador, sostuvieron diversos laboralistas.


Dicha norma no solo regula esta institución como una modalidad especial de prestación de servicios caracterizada por el empleo de tecnologías de la información y las telecomunicaciones en las instituciones públicas y privadas, sino que también promueve políticas públicas para garantizar su desarrollo.

El teletrabajo se caracteriza por el desempeño subordinado de labores sin la presencia física del trabajador en la empresa con la que mantiene vínculo laboral, a través de medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos, mediante los cuales se ejercen a su vez la supervisión de las labores.

"Esta modalidad laboral se presenta mucho en las empresas de telecomunicaciones, informática, publicidad o de marketing como un mecanismo para que el trabajador mantenga un equilibrio entre su vida familiar y la vida laboral", reveló el laboralista Ricardo Herrera.

Por ende, considera positiva la ley que, a su juicio, establece definiciones y pautas generales que se deben reglamentar.

Calidad de vida

A su criterio, la norma también procura flexibilizar la relación laboral y a partir de allí mejorar la calidad de vida del trabajador.

En opinión de Jorge Toyama, esta ley es favorable porque regula una situación que en la práctica se presenta mucho y que supone un trabajo en un espacio diferente del centro de labores, normalmente el domicilio del trabajador y una conexión tecnológica.

Además, considera necesario aprovechar las ventajas del teletrabajo, sobre todo, cuando un trabajador tiene responsabilidades familiares o aspectos personales que les dificulta su traslado al centro laboral.

Recomendaciones

A juicio de Toyama, la seguridad y salud en el teletrabajo constituye un tema que debe ser reglamentado, así como su control y fiscalización, considerando que esta modalidad laboral puede presuponer horas extras.

Por su parte, Herrera considera necesario reglamentar cómo se controlará la jornada de trabajo del trabajador, a quien se le denomina teletrabajador y la responsabilidad de éste.
Además, recomienda regular el tipo de examen médico ocupacional, al cual tienen que ser sometidos los teletrabajadores.

Fuente: Diario El Diario, lunes 10-06-2013
www.elperuano.pe

 
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