Norma. Desde el 30 de agosto, las empresas financieras incluirán dentro del cálculo de la cuota mínima la amortización de una porción del capital, lo que permitirá reducir las deudas.
A partir del próximo 30 de agosto, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) establecerá una nueva metodología de cálculo del pago mínimo en líneas de tarjetas de crédito y otras modalidades revolventes, para los créditos de las pequeñas empresas, microempresas y consumo, permitiendo así acabar con las deudas sostenidas con el sistema financiero.
Esta iniciativa dispone que el cálculo del pago mínimo deberá considerar –por lo menos– la amortización de una porción del capital revolvente, así como las cuotas completas de los créditos en cuotas correspondientes a pagar en el periodo.
Con esta medida se busca que el cliente decida el número de cuotas con que quiera cancelar su deuda, pague el monto de intereses inicialmente acordado y que, tratándose de consumos revolventes, la deuda se pueda cancelar.
"De acuerdo a la norma, los clientes podrán entrar al sistema de pago mínimo aquellos consumos en los que se pidió un número determinado de cuotas, pero manteniéndolas y asegurando que una parte del monto pagado se aplique al capital", explicóMariela Hernández, supervisora de Servicio al Usuario de la SBS.
Agregó que el pago mínimo es una alternativa de pago adicional al "pago de mes" que permite amortizar solo una parte de la deuda, y como consecuencia genera una mayor carga de intereses y comisiones al cliente. Por ello, dijo, no debe ser utilizado como un método habitual de pago ya que encarece más la deuda.
Esta disposición obligará a las entidades financieras reducir la deuda, ya que hasta la fecha los clientes solo amortizaban los intereses al cancelar el importe mínimo de su recibo, opinó Jorge Chávez, gerente general de la consultora Maximixe.
Pero la importancia de esta medida recaerá en el porcentaje que se destinará al pago del capital, agregó.
El circular también señala que el pago mínimo deberá calcularse por cada moneda en la que se facture la línea de crédito. Para ello, las empresas deberán considerar umbrales de S/. 30 o US$ 10 para el cálculo del pago mínimo en moneda nacional o en moneda extranjera, respectivamente.
No podrán ofrecer opciones de pago con montos menores a la amortización mínima, ni tampoco aceptar el pago de una fracción inferior a la cuota del mes a los clientes con créditos en cuotas. Por lo que queda prohibido ofrecer la opción de "pago cero".
Además, las empresas deberán aplicar los pagos que efectúa el cliente a las deudas que tienen la tasa de interés más elevada, hasta llegar a las menos morosas.
En cifras
77.751 millones de soles sumaron los créditos en moneda nacional en mayo.
7.3 mlls de peruanos están bancarizados.