Miércoles 19 de septiembre del 2012
 
     
 
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El Perú avanza al puesto 25 en libertad económica

Ascendió desde la ubicación 38 en el ranking mundial de 2011

En América del Sur se halla en el segundo lugar, luego de Chile

Mejora. Las políticas y las instituciones apoyan el desarrollo de la economía peruana.
El Perú se ubica en el puesto 25 entre los países con mayor libertad económica del mundo, mejorando desde la posición 38 del año previo, según un informe elaborado por Cato Institute de Estados Unidos y Fraser Institute de Canadá. 

De esta manera, el Perú se ubica como el segundo país de Sudamérica con el mayor índice de libertad económica, luego de Chile, que está en el puesto diez, mientras que países como Bolivia (104), Ecuador (126), Argentina (127) y Venezuela (144) se ubican en las últimas posiciones del ranking.
El indicador, que utiliza cifras con un retraso de dos años, es decir de 2010, ubica a Hong Kong, Singapur, Nueva Zelanda, Suiza y Australia como las economías con mejores posiciones en el mundo, mientras que Angola, Congo, Zimbabue, Birmania y Venezuela figuran en los últimos puestos.
El índice de libertad económica mundial del presente año se ubicó en 6.83, frente al 6.79 de 2011, en una escala de uno a diez.

Resultado
Asimismo, Estados Unidos está en el puesto 18, retrocediendo desde el puesto diez del pasado año, por detrás de países como Dinamarca, Irlanda, Estonia y Finlandia.
Entre las variables que aplica el estudio figuran el tamaño del gobierno, el sistema legal y derechos de propiedad, la libertad de comercio internacional y las regulaciones para abrir negocios.
El reporte utiliza datos procedentes del Banco Mundial (BM), el Fondo Monetario Internacional (FMI) y la Organización Mundial del Comercio (OMC).
El informe, que comenzó a realizarse en 1986, compara los datos de 144 países de todo el mundo.

PBI crecería 7% en 2013
La consultora Macroconsult revisaría su proyección de crecimiento de la economía peruana a una cifra cercana a 7% para 2013, pero mantendrá su estimado para este año en 6%, informó su director, Elmer Cuba.
"Hasta ahora, el país fue exitoso para enfrentar la crisis externa y sostiene un crecimiento de 6%."

Agregó que con las medidas adoptadas por el Banco Central Europeo (BCE) y la Reserva Federal (Fed) de Estados Unidos durante las últimas semanas, el Perú podría recibir un flujo de capitales importante y debe estar preparado para ello


Fuente: Diario El Peruano, miércoles 19-09-2012
www.elperuano.pe
Días no lablorales en octubre generarán conflictos sin una norma complementaria

El 1 y 2 de octubre fueron declarados como días no laborales para los sectores público y privado. Sin embargo, se requiere emitir una norma que permita excluir ciertas actividades al servicio de la comunidad.  

SLos dos primeros días de octubre “no son feriados no laborales, sino días no laborales. La diferencia está en que los primeros no se recuperan las horas no trabajadas, mientras que en los segundos sí”, explicó Ricardo Herrera, socio principal del Estudio Muñiz.

Esto implica que serán considerados para fines tributarios y computables para derechos laborales como la CTS, vacaciones, gratificaciones y participación en las utilidades de la empresa. El problema surge en que no se ha emitido un Decreto Supremo adicional que especifique las actividades que pueden ser excluidas de estos días no laborales.

El DS Nº 099-2011-PCM estableció los días no laborales del sector público para el 2012, indicando que las empresas privadas pueden acogerse a tales días, previo acuerdo con sus trabajadores para determinar cómo se recuperarán las horas dejadas de laborar.

Riesgo de conflictos
El problema se puede ocurrir si el personal no acuerda con el empleador laborar tales días, pese a que imperiosas necesidades operativas y productivas lo exijan. Por ello, Herrera considera imprescindible emitir una norma similar al Decreto Supremo Nº 035-2008-PCM, que excluye a sectores como los servicios sanitarios, salubridad, transporte y hotelería, necesarios para el desarrollo de la CumbreASPA.

Sin dicha normal complementaria, durante el 1 y 2 de octubre, “el empleador que obligue a su personal a laborar tales días podría ser objeto de una multa si una inspección detecta tal proceder”, indicó el especialista.

“No podrían aplicarse sanciones al personal que no labore en tales días, ni descuentos remunerativos, pues sus inasistencias serían justificadas”, agregó. Una opción para el sector privado es hacer un acuerdo por escrito para laborar tales días, de manera que se pueda aplicar sanciones al personal que se ausente.

“Debe emitirse una norma similar al D.S. Nº 035-2008-PCMantes de fin de mes. De lo contrario, se generarán serios problemas al empresariado privado y muchas entidades públicas”, advirtió Herrera.

Fuente: Diario Gestión, miércoles 19-09-2012
www.elperuano.pe

 
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