Miércoles 21 de marzo del 2012
 
     
 
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Remarcan validez y vigencia de las detracciones

JURISPRUDENCIA AL DÍA

El Tribunal Constitucional (TC), mediante la STC N° 3769-2010-PA/TC, se pronunció sobre el régimen de detracciones, confirmando su constitucionalidad.

Para el colegiado, la detracción es un deber especial de contenido meramente administrativo, constituyéndose en un mecanismo del Estado para garantizar el pago del IGV en sectores con alto grado de informalidad. Su función cumple una meta de cumplimiento recaudatorio.

Así, una persona que compra un bien o adquiere un servicio, debe sustraer un determinado monto del precio por pagar, para luego depositarlo en la cuenta bancaria del vendedor del bien o del servicio. En este orden, la sentencia concluye que la detracción no es un nuevo impuesto sino solo un mecanismo de colaboración con la recaudación del IGV, no siéndole aplicable, por ende, los principios tributarios.

El TC remarca que para acreditar la confiscación de un tributo es necesario probar la afectación real y efectiva al patrimonio, detalla el tributarista Francisco Pantigoso al explicar el fallo.

Sobre el principio de igualdad en el sistema de detracciones, el TC descarta que éste promueva un trato desigual, pues otorga el mismo trato a los empresarios del mismo rubro, tratando de esa manera "igual a los iguales". Tampoco afecta el principio de capacidad contributiva, pues no se trata de un nuevo tributo sino de un deber de colaboración administrativo-formal.

Por último, para el TC, las sanciones por incumplimiento de la detracción no vulneran los derechos de libertad de empresa y libre competencia. Confirmando, con todo ello, la permanencia y legalidad en la aplicación actual de las detracciones.

Fuente: Diario El Peruano, miércoles 21-03-2012
www.elperuano.pe

 
Implementan servicio de inscripción electrónica

SUNARP. entidad ESPERA MEJORAR CLIMA DE INVERSIÓN EN EL PAÍS

Notarios ahora podrán enviar parte notarial a través de Internet

Evitarán ingreso de información falsa y errores en la digitación

Para mejorar el clima de inversión, facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y optimizar sus atenciones, la Sunarp inició la implementación a escala nacional del Servicio de Presentación Electrónica de Solicitudes de Inscripción. Un nuevo aplicativo web que permite a los notarios la presentación de partes electrónicos a dicha institución en cualquier día del año con total certeza de su procedencia.

La administración registral, de ese modo, busca evitar el ingreso de partes notariales falsificados al registro, disminuir los errores en la digitación de los asientos registrales, así como la reducción en los tiempos de atención en el proceso de calificación registral, precisó el gerente general de esta entidad, Hugo Espinoza Rivera.
"Con la implementación de este servicio de presentación electrónica de títulos al registro, referido a los actos de constitución de empresas, mandatos y poderes de personas naturales y transferencia vehicular, los notarios públicos podrán enviar el parte notarial por medios electrónicos, sin perjuicio de la presentación  física del mismo", dijo.
Así, los actos que podrán efectuarse a través de este servicio están referidos a la constitución de personas jurídicas como sociedades anónimas, sociedades anónimas cerradas, sociedades anónimas abierta y sociedad comercial de responsabilidad limitada. También las solicitudes de otorgamiento de mandatos y poderes. No se incluye la presentación de actos de modificación de mandatos y poderes o revocación; y, transferencias vehiculares, respecto a un solo vehículo y un solo acto de inscripción.
Se trata de una etapa previa a la inclusión de la firma digital en las solicitudes de inscripción, adelantó Espinoza Rivera, quien agregó que dicho servicio es totalmente gratuito, pues solo se debe abonar los derechos de calificación y de inscripción.
"Como los notarios presentan estos documentos usando una clave proporcionada por la entidad, el registrador tendrá certeza de que el parte notarial proviene de la notaría que dice emitirlo", dijo Espinoza, al asegurar que con ello se reduce el tiempo de calificación pues la información es recibida en data estructurada, lo cual es parte de la política de reducir los riesgos para el administrado.

Modernizarán partes judiciales 
El nuevo servicio forma parte de la política de la Sunarp por simplificar los servicios, agilizar los trámites sin perder la seguridad del acceso al registro", reveló Espinoza, quien agregó que el reto institucional es que todas las atenciones pasen por la presentación electrónica de solicitudes de inscripción registral.
"Como siguiente paso estamos coordinando con el Poder Judicial la presentación de partes judiciales en formato electrónico, para simplificar el trámite de inscripción de estos documentos y conservar su seguridad", adelantó.
La Sunarp viene coordinando este tema con la Corte de Lima.

Ventajas 
Se minimiza el riesgo de presentación falsa, al reducirse la posibilidad de entregar documentos que no fueron realmente elaborados por el notario.
El notario podrá enviar sus trámites electrónicos a cualquier hora del día.
No existe cobro adicional por este servicio.
Se evitará errores de digitación, ya que la información de los actos viaja digitalmente hacia el registrador.
Disminuyen los tiempos de calificación, al tener el parte registral y los datos previamente llenados por el notario. Es más rápido realizar el asiento de inscripción.

Fuente: Diario El Peruano, miércoles 21-03-2012
www.elperuano.pe

 
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