Lunes 30 de julio del 2012
 
     
 
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Ministerio de Trabajo aprueba reglamento de multas

Incumplimiento motivará la ejecución de medidas cautelares e intereses

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), como ente sancionador ante supuestos de incumplimiento de disposiciones legales laborales, aprobó su nuevo reglamento de multas. 

La norma, Decreto Supremo N° 011-2012-TR, establece que estas sanciones administrativas pecuniarias impuestas a los deudores por incumplir disposiciones legales serán exigibles coactivamente con carácter personal, no siendo transmisible a herederos en caso de que los deudores sean personas naturales.
La Unidad de Control de Multas y la Unidad de Cobranza Coactiva del sector Trabajo accederán a los sistemas informáticos de las bases de datos de las resoluciones emitidas por las dependencias que imponen las multas. La deuda administrativa estará compuesta por la multa, los intereses moratorios y de fraccionamiento, los gastos y las costas procesales generados en el procedimiento de cobranza coactiva, de ser el caso. El incumplimiento del pago motivará la aplicación de intereses y la ejecución de las medidas cautelares. El pago se imputará a los gastos y costas procedimentales, de ser el caso, luego al interés moratorio o de fraccionamiento y, por último, a la multa.

Cuota y pago fraccionado
Según la norma, la modalidad de pago fraccionado se otorga o deniega mediante resolución emitida por la Dirección General de Administración y podrá solicitarse fraccionamiento hasta por 36 meses de acuerdo con ciertas consideraciones.
La cuota no será inferior al 5% de la UIT vigente al momento de la emisión de la resolución que aprueba la solicitud, a la cual debe agregarse el interés de fraccionamiento, el que no será inferior al 80% ni superior al 100% de la tasa de interés moratorio (TIM) determinada por el sector Trabajo.
        El nuevo reglamento de multas será de aplicación a las solicitudes de fraccionamiento que se inicien a la vigencia de esta norma y a las solicitudes que se encuentren en trámite, siempre que sus disposiciones resulten más beneficiosas al obligado, refiere la norma.

Fuente: Diario El Peruano, lunes 30-07-2012
www.elperuano.pe

 
Ganancias por venta de acciones pagarán impuesto sin excepción

Nueva norma tributaria suprime, a partir del 2013, exoneración que beneficia a personas que negocian en la BVLvalores mobiliarios de empresas peruanas. Todos los inversionistas de a pie deberán pagar la tasa efectiva de 5% sin importar el monto de sus ganancias.  

Marco Alva Pino
malva@diariogestion.com.pe

Desde el 2010 las ganancias de capital que obtienen las personas por la venta de acciones y otros valores mobiliarios (como bonos y papeles comerciales) empezaron a ser gravadas con el Impuesto a la Renta (IR) de segunda categoría. Solo están exoneradas las personas que demuestran ganancias acumuladas en el año menores o iguales a 5 UIT (S/. 18,250).

Esto último cambiará a partir del 1 de enero del 2013, según el Decreto Legislativo Nº 1120 publicado recientemente.

Especialistas señalaron a Gestión que la nueva norma elimina esta exoneración que actualmente favorece a los inversionistas de a pie que negocian acciones emitidas por empresas peruanas.

De esta manera, todas las ganancias de capital, sin importar el monto, pagarán una tasa efectiva de IR de 5% desde esa fecha. “A partir del 2013, así se haya ganado cinco soles por vender acciones, se va tener que pagar por IR el 5%”, sostuvo Roberto Cores socio de Ernest & Young Perú .

Una buena cantidad de personas que invierten en la bolsa de valores o que lo hacen a través de fondos mutuos podrían verse afectadas, estimó Jorge Picón, socio de Picón & Asociados Abogados .

Picón indicó que esta disposición tiene como objetivo contribuir a elevar la recaudación tributaria y consideró que la exoneración fue una manera gradual de aplicar el impuesto a personas que antes no lo pagaban.

Por su parte, Cores recordó que una de las intenciones de la delegación de facultades otorgada al Ejecutivo de legislar en materia tributaria es revisar las exoneraciones y eliminar aquellas que tengan un efecto nocivo en la recaudación. “Ahora, tampoco es que esta medida signifique mucho dinero en términos recaudatorios”, anotó.

¿Mal momento?
En lo que va del año la Bolsa de Valores de Lima (BVL), golpeada por los temores a un recrudecimiento de la crisis económica internacional, registra una rentabilidad de solo 1.8%, luego de haber ganado más de 20% en los primeros cuatro meses del 2012.

Frente a esta coyuntura, Jorge Picón opinó que la eliminación de la exoneración tributaria no llega en buen momento. “No es una mala norma pero quizá sea un poco inoportuna, estamos en un periodo de crisis en que el inversión bursátil no está siendo rentable”, explicó.

Desventaja
Precisamente, el presidente de la BVL, Roberto Hoyle , hizo notar recientemente que el impuesto de 5% a las ganancias de capital en las operaciones bursátiles constituía una desventaja frente a nuestros socios del Mercado Integrado Latinoamericano (MILA). “Colombia y Chile no tienen ese impuesto”, comparó.

Reveló que tras varias conversaciones sostenidas con representantes del Ejecutivo ha quedado claro que este tributo no va a ser descartado. “Este impuesto definitivamente sigue perjudicando al mercado, pero creo que ya ha sido absorbido y seguiremos operando con él”, concluyó.

Fuente: Diario Gestión, lunes 30-07-2012
www.gestion.pe

 
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