Martes 20 de setiembre del 2011

 
     
 
  NOTICIAS DEL DÍA
 
     
 
Adoptan nuevos supuestos para los arbitrajes laborales

Detallan trámite de esta institución, que ya no será potestativa

Implementarán registro de árbitros en negociaciones colectivas

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) estableció dos nuevos casos en que será obligatorio acudir a un arbitraje laboral en las negociaciones colectivas, a través del DS Nº 014-2011-TR que modifica el reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo. En consecuencia, las partes tienen la facultad de interponer el arbitraje potestativo de no llegarse a un acuerdo en la primera negociación, en el nivel o su contenido, o en caso de advertirse actos de mala fe durante las negociaciones colectivas que eviten alcanzar un acuerdo. 

Para ello, no será necesaria la previa suscripción de un compromiso arbitral.
De esa forma, en determinados supuestos cualquiera de las partes podrá optar por acudir a un arbitraje y la otra parte deberá aceptar el procedimiento arbitral. Sin embargo, nunca el arbitraje potestativo podrá usarse en desmedro de la huelga, señala un informe legal del Estudio Miranda & Amado Abogados.

Crearán nómina

Respecto a las personas que podrán actuar como árbitros, la norma señala que el Ministerio de Trabajo creará un registro nacional de árbitros de negociación colectiva, quienes serán los únicos que podrán actuar en estos procedimientos.
Además, cada dirección regional será competente para convocar extraproceso e, inclusive, resolver conflictos que pongan en peligro la seguridad y salud. "Si el conflicto tiene efectos o dimensión suprarregional o nacional, la Dirección General de Trabajo del MTPE será la competente", refiere la disposición.
Finalmente, las resoluciones del sector Trabajo y Direcciones Regionales que resuelvan conflictos tendrán el carácter de laudo arbitral. 
Hasta la fecha, salvo los supuestos de determinación del nivel de transacción de una negociación colectiva, dispuesta por el TC a través de una sentencia recaída en el Exp. Nº 03561-2009-PA/TC, el arbitraje era voluntario.

Preguntas claves

• ¿Cuándo procede el arbitraje potestativo?
Primero, en la primera negociación colectiva, si las partes no se ponen de acuerdo en el nivel. Segundo, si hay mala fe negociadora para dilatar, entorpecer o evitar el logro de un acuerdo.

• ¿Cuál es el procedimiento del arbitraje?

Estamos ante un procedimiento célere y que suple cualquier omisión de las partes. Así, cada parte debe designar en cinco días a sus árbitros y estos al presidente del tribunal arbitral. Si no hay designación de árbitros o renuncia de estas, se deberá sustituirlos y, en caso de omisión, el MTPE designa al árbitro. Luego, las partes deben presentar sus propuestas dentro de los cinco días de constituido el tribunal arbitral, y el tribunal otorgará cinco días siguientes para que las partes formulen las observaciones a la propuesta presentada por la otra parte. El tribunal optará solo por una de las propuestas y la atenuará de ser el caso. 


Fuente: Diario El Peruano, martes 20-09-2011
www.elperuano.pe
 
Aprueban proyectos de nuevos impuestos y regalías mineras

Los ingresos para el Estado serán de S/. 2,940 millones anuales

Tasas aprobadas no serán modificadas por decretos supremos

VÍCTOR LOZANO vlozano@editoraperu.com.pe

Las comisiones de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera y Energía y Minas del Congreso de la República aprobaron ayer, en sesión conjunta, los proyectos para modificar la Ley de Regalías Mineras, así como crear un impuesto especial y el gravamen a la minería.
n la leyes 191/2011-PE (que crea el impuesto Especial a la Minería - IEM); 192/2011-PE (que crea el Nuevo Gravamen Especial a la Minería) y 193/2011-PE (que modifica la Regalía Minera).
Al respecto, el presidente de la comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, Luis Galarreta, manifestó que la aprobación de estas normas es el primer paso en la elaboración de un esquema que plantea imposiciones tributarias más justas y equitativas.
"Las empresas mineras que obtengan una mayor utilidad operativa pagarán más impuestos. Lo importante es que con esta decisión, se evita pasarle una mayor presión tributaria al sector que le signifique restarle competitividad."

Fondos

Detalló que de aprobarse estos proyectos por el pleno del Congreso, significará la obtención de fondos adicionales por aproximadamente 200 millones de nuevos soles para las regiones por concepto de regalías.
"Sin embargo, en lo que a impuestos se refiere, se recaudarán alrededor 2 mil 800 millones de nuevos soles que serán utilizados por el Estado en proyectos que signifiquen desarrollo para el país."
Una de las modificaciones realizadas a los proyectos, es la eliminación del artículo 10°, el cual facultaba al Poder Ejecutivo a modificar las tasas aplicables para la determinación de los impuestos como de la regalía, observación presentada por el presidente de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE), Pedro Martínez.
Según Galarreta, de haberse conservado este artículo se generaba un panorama de poca predictibilidad. "Quien quiere invertir en el Perú requiere que se mantengan las reglas de juego y eso es lo que hemos garantizado con la eliminación de este artículo."

Trabajo arduo, buen resultado

El ministro de Energía y Minas, Carlos Herrera Descalzi, expresó su satisfacción por la aprobación de los proyectos de ley que establecen un nuevo sistema impositivo y de regalías para la minería, al asegurar que fue un trabajo arduo, pero que terminó con buenos resultados.
 "El tema pasará al pleno. Corrimos contra el tiempo, porque cada mes de retraso significaba 250 millones de nuevos soles menos."
El titular del MEM sostuvo que las modificaciones realizadas a los proyectos  tienen que ver básicamente con que las tasas presentadas no serán modificables por Decreto Supremo, algo que se había conversado y que el Ejecutivo estaba de acuerdo. "Si ello contribuye a la competitividad del país, entonces en buena hora".
Asimismo, comentó que hay fondos del programa de aporte voluntario que no se han ejecutado. "Son alrededor de 500 millones de nuevos soles por comprometer y hay otros montos ya comprometidos de los cerca de 2 mil 200 millones que se obtuvieron en los últimos cinco años". 
Dijo que, esto da tiempo a que se coordine que el Estado tenga una presencia mucho más activa en aquellas zonas en donde existe una concesión minera.

Equilibrio

Al sustentar los proyectos de ley 191, 192 y 193, el ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla, aseguró que el fin de estas propuestas no es simplemente la aplicación de nuevos tributos a la minería, sino también lograr un equilibrio tributario que mantenga la competitividad del país.
"La idea era gravar la rentabilidad extraordinaria que están obteniendo las empresas mineras. El esquema actual, es decir, gravar las ventas, no permite captar los beneficios de estos mayores ingresos."
Asimismo, sostuvo que debido a estas normas, los gobiernos regionales y locales recibirán alrededor de 600 millones de nuevos soles anuales adicionales por concepto de regalías, si se considera la producción minera que empezará en el transcurso del año.
Castilla descartó que este nuevo esquema afecte la recaudación que obtienen actualmente los gobiernos regionales y locales, y universidades, porque se propuso tasas escalonadas para no reducir estos ingresos.
Según precisó los proyectos buscan maximizar los ingresos para el Gobierno Nacional en 2 mil 940 millones de nuevos soles anuales, pero preservando la competitividad y la seguridad jurídica del sector.
El titular del MEF destacó el entendimiento al que llegaron el Estado y el sector privado en cuanto a la idea central de las tasas y conceptos consensuados.

Fuente: Diario El Peruano, martes 20-09-2011
www.elperuano.pe

 

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE AREQUIPA
Sánchez Trujillo 201 Urb. La Perla Cercado. Teléfonos: (054) 215015, 285530, 231385
Email: ccpaqp@ccpaqp.org.pe, Web site: http://www.ccpaqp.org.pe
Arequipa - Perú