Lunes 04 de julio del 2011

 
     
 
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Simplifican pagos a cuenta


MEDIDAS. ACTUALIZAN ADEMÁS FORMULARIO PARA DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO

Sunat aprueba formato de acuerdo a nuevas normas de contabilidad
Con este documento se evitará que estos abonos resulten en excesos
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) aprobó un nuevo formato para modificar los pagos a cuenta de tercera categoría, a fin de que los contribuyentes puedan realizar dichos abonos con base en sus operaciones reales del ejercicio y no en función a sus operaciones de ejercicios anteriores, evitándose que dichos pagos resulten en exceso.

Así lo afirmó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano, al comentar los alcances de la RS Nº 179-2011-SUNAT que aprueba el Formulario Virtual N° 625 "Modificación del Coeficiente o Porcentaje para el Cálculo de los Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta" (3ra. Categoría).
Esta nueva versión (1.2) del PDT 625 será utilizada por todos los contribuyentes que obtengan rentas de 3ra. Categoría (comprendidos en el régimen general) y opten por modificar el coeficiente o porcentaje, a efectos de reformular sus pagos a cuenta mensuales. Su vigencia será obligatoria a partir del viernes 8 de julio de 2011 y solo podrá presentarse a través de Sunat virtual.
Zavala Lozano explicó que la nueva versión del Formulario 625 se adecua a los cambios dispuestos por el Consejo Normativo de Contabilidad, que aprobó el Plan Contable General Empresarial (PCGE) de uso obligatorio a partir del 1° de enero de 2011 en reemplazo del antiguo Plan Contable General Revisado (Res. 041-2008 y 042-2009-EF/94 del Consejo Normativo de Contabilidad).
Añadió también que, según la norma, los contribuyentes podrán modificar el coeficiente a partir del pago a cuenta del mes de julio con base en el balance acumulado al 30 de junio. Este nuevo coeficiente surtirá efecto a partir de los pagos a cuenta de julio a diciembre que no hubiesen vencido a la fecha de presentar el PDT 625 a Sunat y siempre que el contribuyente haya cumplido con presentar la Declaración Jurada Anual del ejercicio anterior.
Mientras que los contribuyentes que vienen efectuando sus pagos a cuenta en base a porcentaje (2%) podrán modificar dicho porcentaje con base en el balance acumulado al 31 de enero o al 30 de junio, a su opción, presentando para tal efecto el PDT 625 (versión 1.2),

Declaraciones

La Sunat aprobó la nueva versión del formulario virtual para la declaración y pago mensual del ISC por los contribuyentes afectos a este impuesto, que incorpora las modificaciones en el ISC a los combustibles, mediante la RS N° 173-2011/SUNAT.
La norma, que complementa los alcances del DS N° 097-2011-EF, sobre los montos fijos de ISC para las gasolinas para motores, el Residual 6 y demás combustibles (fueloils), refiere que la nueva versión del formulario virtual N° 615 (PDT ISC), en todo los casos, será obligatorio desde el 1 de agosto.
Según la norma, para periodos anteriores a junio de 2011 los obligados a presentar el PDT ISC podrán utilizar hasta el 31 de julio pasado la versión anterior del Formulario Virtual, incluso si tienen que presentar declaraciones rectificatorias.
Para declarar junio del 2011, los obligados utilizarán la nueva versión del formulario en caso hayan realizado operaciones gravadas con alguno de los bienes que ha sufrido la modificación del ISC. En caso contrario, podrán utilizar la versión anterior hasta el 31 de julio; vencido ese plazo deberán utilizar la nueva versión.

Fuente: Diario El Peruano, lunes 04-07-2011
www.elperuano.com.pe

 
Aprueban nuevo formulario virtual para pago mensual del ISC

El documento estará disponible desde hoy en el portal de la Sunat para los contribuyentes afectos a ese impuesto.

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) informó que aprobó la nueva versión del Formulario Virtual para la declaración y pago mensual del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) por parte de los contribuyentes afectos a este impuesto, el cual incorpora las recientes modificaciones en el ISC a los combustibles.

Recordó que el 8 de junio último el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó un decreto supremo que establece montos fijos de ISC para las gasolinas para motores, el Residual 6 y demás combustibles (fueloils).

El dispositivo precisa que la nueva versión del Formulario Virtual N° 615 (PDT ISC) estará a disposición de los interesados a partir del 1 de julio en el portal institucional (www.sunat.gob.pe) y podrá presentarse desde esa fecha.

La Sunat, a través de sus dependencias y Centros de Servicios al Contribuyente (CSC), facilitará la obtención del indicado PDT a los contribuyentes que no tuvieran acceso a Internet, para lo cual éstos deberán proporcionar los medios magnéticos que sean necesarios.

De otro lado, la resolución indica que para períodos anteriores a junio del 2011 los contribuyentes obligados a presentar el PDT ISC podrán utilizar hasta el 31 de julio de este año la versión anterior del Formulario Virtual, incluso si tienen que presentar declaraciones rectificatorias.

Si el período a declarar corresponde a junio del 2011 los contribuyentes deberán utilizar la nueva versión del Formulario Virtual en caso hayan realizado operaciones gravadas con alguno de los bienes que ha sufrido la modificación del ISC.

En caso contrario, podrán utilizar la versión anterior hasta el 31 de julio próximo y, vencido ese plazo, deberán utilizar la nueva versión.

Finalmente, a partir del primero de agosto próximo la nueva versión del PDT ISC será obligatoria en todos los casos.

ANDINA – 01/07/11

Fuente:Diario Gestión, viernes 01-07-2011
www.gestion.pe

 

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