Jueves, 13 de enero del 2011

 
     
 
  NOTICIAS DEL DÍA
 
     
 
Más pyme se convierten en contribuyentes activos
 

Evolución se observó con mayor notoriedad en sector manufactura

Estado retomará promoción de concepto Ciudad Productiva

Concepto. Las ciudades productivas implican la convivencia entre la industria no contaminante generadora de empleo y las viviendas.
VÍCTOR LOZANO ALFARO vlozano@editoraperu.com.pe

Las pequeñas y medianas empresas (pyme) son cada vez más conscientes de lo que significa ser un contribuyente activo. A diferencia de lo que ocurría en años anteriores, actualmente estas unidades productivas constituyen un importante sector tributario, aunque es necesario continuar con estos esfuerzos para incrementar su presencia.
Al respecto, el viceministro de Mype e Industria, Hugo Rodríguez, destacó que el proceso de incorporación de esas empresas redobló esfuerzos desde 2006.
"Algunos datos estadísticos nos pueden dar una idea más clara de cómo evoluciona el sector empresarial peruano. Así, el número de contribuyentes activos registrados por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) pasó de tres millones 300 mil a cinco millones nueve mil. Ello significó un incremento de 53% entre julio de 2007 y noviembre de 2010", detalló.
Agregó que los contribuyentes inscritos en el régimen tributario 2006-2010 pasaron de 888 mil registrados en junio de 2006 a un millón 346 mil a diciembre del año pasado, lo que significó una evolución de 51%.
"Lo importante de esta cifra es que estos contribuyentes activos registrados en la Sunat son pequeños y medianos empresarios", sostuvo Rodríguez.

La manufactura
Al hacer una evolución por sectores productivos, el funcionario comentó que los contribuyentes de manufactura no primaria registrados en julio de 2006 totalizaban 121 mil.
"A noviembre del año pasado, esta cifra pasó a 165 mil contribuyentes activos. Esto quiere decir que el número de nuevas empresas vigentes es de 43 mil 900, con una tasa de crecimiento de 36%", explicó.
En este sector, el rubro textil, cuero y calzado fue el que mostró una mayor evolución, con un crecimiento de 56%, pasando de 31 mil 400 contribuyentes activos en julio de 2007 a 48 mil 900 en 2010.
"La tasa de crecimiento de la industria manufacturera no primaria fue 17.5% en 2010, recuperándose significativamente de la caída de 8.3% que registró en 2009, debido fundamentalmente a los efectos de la crisis financiera internacional", anotó Rodríguez.
Dentro de este crecimiento, aseguró, el rubro confecciones de prendas de vestir fue el que más creció (59.5%).
"Ello en razón a que el consumo interno en nuestro país se incrementó y, pese a la presencia de grandes cadenas y centros que comercializan productos importados, la preferencia por la producción nacional fue significativa", refirió.

Ciudad productiva
Uno de los conceptos desarrollados con el fin de impulsar conglomerados ordenados, con un crecimiento acorde con las exigencias competitivas actuales y dentro de un marco de vida óptimo es el denominado ciudades productivas.
De acuerdo con el viceministro de Mype e Industria, este esquema es la convivencia entre la industria no contaminante generadora de empleo y las viviendas.
"Este fue un concepto que se trabajó hace algunos años para aplicarlo, en el largo plazo, en el emporio comercial de Gamarra. Si bien es cierto en este conglomerado ya no hay viviendas, se trata de un espacio donde la actividad productiva se realiza las 24 horas del día."
El funcionario precisó que la implementación de una ciudad productiva significa el desarrollo socioeconómico territorial con la participación de diversos actores públicos y privados con visión de conjunto.
"Lo que se quiere es crear un entorno favorable para generar la competitividad y la productividad del conglomerado", manifestó.
Una ciudad productiva implica el desarrollo de diversos temas ligados al crecimiento ordenado, con la conjunción de actividades e iniciativas tanto privadas como públicas.
"Entre los temas que se consideraron para ello está el ordenamiento vehicular, el cual comprendió la construcción de pistas y veredas por parte de la Municipalidad de La Victoria en alianza con el Gobierno Central", apuntó.
En este punto, resaltó la pronta puesta en marcha del Tren Eléctrico. "El tiempo de traslado de Villa El Salvador a Gamarra será de 35 minutos y no en dos horas y media como es actualmente. Los trabajadores y empresarios que viven en Villa El Salvador se verán muy favorecidos."

Formalización no se detiene
El total de mype inscritas en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype) ascenderá a 150 mil al finalizar el primer semestre de 2011, de acuerdo con lo proyectado por el ministro de la Producción, Jorge Villasante.
El año pasado, el Produce alcanzó la meta de inscribir a más de 100 mil mype, lo que significó su incorporación a la formalidad.
Explicó que con su inscripción en el Remype, estas empresas pueden gozar de diversos beneficios estipulados en la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente (Ley Mype).
Entre ellos destacan la participación de las compras estatales, capacitaciones y financiamientos, reducción de tasas y multas laborales.
Además, las mype formalizadas pueden elegir el régimen laboral especial, que implica el pago de salarios y beneficios sociales de acuerdo con el tamaño de la empresa, y un sistema de salud y pensiones subsidiado por el Estado.

Gamarra en cifras
1 Este año, aproximadamente 10 nuevas galerías se abrirán en el emporio comercial de Gamarra, demandando una inversión aproximada de US$ 50 millones.

2 Los costos de los puestos comerciales en Gamarra son variados. Así, hay puestos que cuestan desde US$ 2,000 hasta US$ 20,000 el metro cuadrado.

3 Los más caros son los que están en la primera planta de un edificio en la cuadra 6 de la avenida Gamarra, que es la zona más comercial, y también en el Parque Cánepa.

4 Solo en la última campaña navideña, las ventas de Gamarra totalizaron alrededor de US$ 250 millones.


Fuente: Diario El Peruano, jueves 13-01-2011
www.elperuano.com

 
Reglas para la suspensión de pagos a cuenta del IR
 

Honorarios mayores a S/. 1,500 siguen sujetos a retención del 10%

Las solicitudes para aplazar retenciones ya pueden ser presentadas


Los trabajadores independientes, sean o no profesionales, durante el ejercicio 2011 no estarán obligados a declarar ni a realizar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (por cuarta categoría), si la suma de los honorarios percibidos en el mes no superan S/. 2,625 (un dozavo de S/. 31,500 que están inafectos en el presente ejercicio), de acuerdo a la RS Nº 338-2010/SUNAT.
Así lo detalla un informe legal de la Cámara de Comercio de Lima, cuyo documento agrega que, en el caso de percibir honorarios (cuarta categoría) más remuneraciones (quinta categoría), ambos conceptos no deben de superar S/. 2,625 mensuales, para ser exceptuados de la declaración y pago mensual de la cuarta categoría.
Al respecto, el gerente legal de esta institución, Víctor Zavala Lozano, explicó que tratándose de los directores de empresa, síndicos, mandatarios, gestores de negocios y consejeros municipales y regionales que no tienen derecho a deducir como gasto el 20% de sus honorarios brutos, estarán obligados a declarar y pagar mensualmente (10% de los honorarios), sólo cuando sus rentas de 4ta o 4ta más 5ta, superen S/. 2,100 mensuales (un dozavo de  7 UIT).
La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) fijada para el ejercicio 2011 se mantiene en S/. 3,600 según el DS Nº 252-2010-EF. Asimismo, todo contribuyente del IR (4ta o 5ta categoría) tiene derecho a deducir de su renta bruta el importe de 7 UIT que no está gravado con el impuesto (S/. 25,200).

Retenciones
La RS Nº 338-2010-SUNAT sólo se refiere a la obligación y exclusión de presentar declaraciones juradas y de hacer pagos a cuenta mensuales directos, a cargo de los trabajadores independientes y/o directores.
En tal sentido, la obligación de las empresas de efectuar las retenciones sobre los honorarios continuará regulándose por el DS Nº 215-2006-EF, siempre que el monto del honorario a pagar exceda a S/. 1,500, comentó el experto Zavala Lozano.
Dijo también que las empresas y entidades obligadas a llevar contabilidad completa, libro de ingresos y gastos, cuando paguen honorarios deberán retener el 10%, en dos situaciones. La primera, cuando el perceptor de los honorarios no cuente con autorización para la suspensión de retenciones que otorga Sunat; y el segundo, cuando el honorario pagado exceda S/. 1,500.

No esperar hasta junio para las solicitudes
Los contribuyentes a los que se les retiene el 10% sobre honorarios que superen S/. 1,500 y que al final del ejercicio no pagarán IR, tienen derecho a solicitar a Sunat una constancia para que no se les efectúe más retenciones ni estén obligados a realizar pagos a cuenta mensuales.
Igualmente, tienen derecho a solicitar la suspensión si demuestran que el impuesto a pagar en 2011 ya fue pagado con anterioridad (tiene pagos a cuenta y créditos del año anterior), anotó el especialista Víctor Zavala Lozano.
El perceptor de rentas de cuarta categoría puede solicitar la suspensión de retenciones desde enero de 2011 (no hay que esperar hasta junio). En efecto, para solicitar la suspensión de retenciones, el contribuyente debe proyectar los ingresos a percibir en  2011 y en estos casos, comparar sus ingresos en un rango que en algunos casos abarca dos periodos fenecidos (noviembre 2009 - octubre 2010), tal  como indica el cuadro adjunto.

Además, la solicitud se presentará exclusivamente a través de Sunat Virtual, utilizando el Formulario 1609. Excepcionalmente, cuando la petición haya sido rechazada por Sunat o no se encuentre disponible el servicio virtual, se utilizará el formulario físico correspondiente (Artículos 5 y 6, Res. 013-2007-SUNAT).

Fuente: Diario El Peruano, jueves 13-01-2011
www.elperuano.com.pe

 
 

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE AREQUIPA
Sánchez Trujillo 201 Urb. La Perla Cercado. Teléfonos: 215015, 285530, 231385
Email: ccpaqp@ccpaqp.org.pe, Web site: http://www.ccpaqp.org.pe
Arequipa - Perú