Miércoles 24 de agosto del 2011

 
     
 
  NOTICIAS DEL DÍA
 
     
 
Evitarán accidentes laborales

Ley incorpora nueva y más exigente regulación para los empleadores

Así garantiza pago de indemnizaciones y cárcel ante el incumplimiento

En un esfuerzo por fortalecer el sistema de prevención de riesgos laborales en el país, la nueva Ley de seguridad y salud en el trabajo (SST) incorpora una nueva y más exigente regulación para los empleadores, tipificándose incluso un nuevo ilícito, mientras que para los trabajadores se mejoran las medidas de protección, abriéndoles más alternativas para el ejercicio de sus derechos laborales. 

Así coincidieron en afirmar los laboralistas: Germán Lora Álvarez, Carlos Cárdenas y Jaime Cuzquén, al analizar los alcances de la Ley Nº 29783, promulgada recientemente por el presidente Ollanta Humala, como parte de la política del Estado destinada a salvaguardar la integridad de millones de trabajadores en nuestro país.
Al respecto, Lora Álvarez destacó el rango de ley que ahora adquieren los sistemas de SST, los cuales anteriormente estaban regulados por el DS Nº 009-2005-TR. Dicha normativa establecía reglas mínimas aplicables en todos los sectores económicos, algunos de los cuales, además, tenían una regulación especial que ahora deberá adecuarse a las nuevas disposiciones.
"La norma es más exigente y lo importante es que amplía la intervención de los sindicatos para participar en comités de seguridad y salud en el trabajo", afirmó el experto, quien también es miembro del Estudio Payet, Rey & Cauvi. Añadió que el incumplimiento al deber de prevención generará la obligación de indemnizar a las víctimas o a sus derechohabientes, de los accidentes y enfermedades profesionales.

Responsabilidades

Según la norma, el empleador o empresa principal en cuyas instalaciones sus trabajadores desarrollen actividades, conjuntamente con trabajadores de contratistas, subcontratistas, empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores o quien asuma el contrato principal de la misma, deberá verificar la contratación de seguros de acuerdo con la normativa vigente efectuada por cada empleador durante la ejecución del trabajo así como vigilar el cumplimiento de la normativa en la materia por parte de sus contratistas y subcontratistas.
En caso de incumplimiento, la empresa principal es responsable solidaria frente a los daños e indemnizaciones que pudieran generarse. Además, el empleador que contrate obras, servicios o mano de obra proveniente de cooperativas de trabajadores, de empresas de servicios, de contratistas y subcontratistas, será responsable de notificar al MTPE los accidentes de trabajo, incidentes peligrosos y las enfermedades profesionales, bajo responsabilidad. Finalmente, se transfieren las competencias de Osinerg al MTPE en materia de supervisión y fiscalización de actividades mineras.
En opinión similar, el laboralista y miembro de Ernest & Young Asesores, Carlos Cárdenas agregó que con la Ley Nº 29783 se endurecen las penas ante la inobservancia de las normas de seguridad y salud en el trabajo.  "En materia penal, se impondrán penas de hasta 5 y 10 años, para quienes omitan adoptar medidas de SST, que pongan en riesgo la  vida, salud o integridad física del trabajador, o acarreen muerte o lesiones graves".
Se garantiza igualmente que los trabajadores que hayan sufrido accidentes de trabajo o enfermedades ocupacionales, que hayan dado lugar al descanso médico debidamente acreditado, participarán del reparto de utilidades en igualdad de condiciones, es decir, como días efectivamente laborados.

Innovaciones

En el pago de indemnizaciones. De incumplirse las medidas preventivas, y se produzcan accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, la autoridad laboral podrá imponer al empleador el pago de una indemnización.
Calificación como delito penal. Penas de hasta 5 y 10 años, para quienes omitan adoptar medidas de SST, que pongan en riesgo la vida, salud o integridad física del trabajador o acarreen muerte o lesiones.
Facilidades a los miembros del Comité de SST. Estos gozan de licencia con goce de haber para realizar sus funciones, de protección contra el despido incausado, y de facilidades para realizar sus funciones en sus respectivas áreas de trabajo, seis meses antes y hasta seis meses después del término de su labor.
Participación en las utilidades. Serán computables como días hábiles, los días que los trabajadores permanezcan en descanso médico por accidente de trabajo o enfermedad ocupacional.

Afianzan fiscalización

La nueva regulación de seguridad y salud en el trabajo fortalece no solo la actuación inspectiva del sector Trabajo sino que también promueve una regulación uniforme en todos los sectores económicos, opinó el laboralista Jaime Cuzquén, quien agregó que esta  norma amplía su cobertura a favor de los servidores y funcionarios del Estado.
Respecto a las inspecciones, anotó que la Ley Nº 29783 fortalece la competencia y fiscalización de la Autoridad de Trabajo (AT), la cual comenzará a ejercer dichas facultades en las empresas del sector energía y minas, además de las divisiones de comercio, industria, servicios y construcción civil.
"De comprobarse fehacientemente el daño de una inspección, la AT podrá determinar el pago de una indemnización a las víctimas de los accidentes y de enfermedades profesionales", dijo el experto, quien también es miembro del Estudio Echecopar.

Fuente: Diario El Peruano, miércoles 24-08-2011
www.elperuano.pe

 
Empresarios retornan a senda de optimismo sobre economía

El índice de expectativa a tres meses aumentó cuatro puntos

Con más perspectivas electricidad, transportes y telecomunicaciones

Los empresarios retornaron a la senda del optimismo respecto a la situación de la economía y de la evolución de sus compañías para los próximos meses, según la Encuesta de Expectativas Macroeconómicas-Julio 2011 del Banco Central de Reserva (BCR). 

El documento precisa que el  índice de expectativa de la economía a tres meses aumentó cuatro puntos, retornando al tramo optimista.
El sondeo, elaborado durante la segunda quincena de julio sobre una muestra representativa de empresas de los diversos sectores económicos del país, mostró que transportes y telecomunicaciones y electricidad fueron los que presentaron mejores expectativas.
Asimismo, el índice de expectativa de ventas del sector se recuperó hasta posicionarse en los 54 puntos, con un alza de cinco puntos respecto al mes anterior.
Entre los sectores con mayores expectativas destacan los de transportes y telecomunicaciones, y electricidad.
El índice de expectativa de demanda a tres meses también tuvo una recuperación, en este caso de cuatro puntos, con lo cual se situó en un nivel de 56 puntos, igual a mayo.
En este caso, las empresas de los sectores electricidad, servicios, y transportes y telecomunicaciones mejoraron sus expectativas.

Finanzas

Por su parte, la mayoría de empresas encuestadas mantiene un buen estado financiero y destacan las de minería e hidrocarburos y electricidad.
Asimismo, la mayor parte de las compañías encuestadas goza de buenas condiciones al momento de acceder al financiamiento, en tanto que el ligero descenso en su respectivo índice se debe al mayor porcentaje de empresas que califica dicho acceso como normal, en vez de muy bueno.
Los sectores más favorecidos en este aspecto son los de electricidad y minería e hidrocarburos.
Además, la situación del negocio para la mayoría de empresas encuestadas se desarrolla favorablemente, de la cual un menor porcentaje de empresas la considera ahora como muy favorable.
No obstante, los sectores de minería e hidrocarburos y electricidad siguen mostrándose como los mejor posicionados en este aspecto, revela la encuesta realizada por la entidad emisora.

Prevén contratar más trabajadores

Las empresas de los sectores comercio, electricidad y construcción son las que tienen más expectativas de incrementar personal en los próximos meses, según la encuesta del BCR.
Precisó que el índice de expectativas de contratación a tres meses tuvo un repunte importante ,situándose en 55 puntos, el mayor de los últimos tres meses. Asimismo, el índice de órdenes de compra tuvo un ligero avance, ubicándose en la posición neutral (50 puntos).
Es decir, en la que el número de empresas que ha tenido un aumento en sus órdenes de compra iguala a las que han tenido una disminución.
Las ramas manufactureras que tuvieron mayores órdenes de compra son las de madera y muebles, y las que mostraron un descenso son maquinaria eléctrica y equipo.

Demanda interna

1 La demanda interna creció 7.8% en junio de 2011, impulsada por el consumo privado, acumulando una expansión de 8.5% en el segundo trimestre del año.

2 Las ventas de supermercados y tiendas por departamento crecieron 18.3% y 16.5%, respectivamente, en tanto que el índice de confianza del consumidor mostró un repunte en junio.

3 En junio se apreció una mayor producción de bienes de consumo masivo como agua embotellada de mesa, cerveza, detergentes, yogur, bebidas gaseosas y energizantes.

4 El índice de capacidad instalada en junio fue de 77%, registrando un nivel similar al de mayo.

5 Este registro es similar a lo declarado por las empresas en la encuesta mensual de expectativas macroeconómicas, la cual presenta un valor de 78 puntos para el nivel de utilización de junio y 77 puntos para julio.

Diario El Peruano, miércoles 24-08-2011
www.elperuano.pe

 

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE AREQUIPA
Sánchez Trujillo 201 Urb. La Perla Cercado. Teléfonos: (054) 215015, 285530, 231385
Email: ccpaqp@ccpaqp.org.pe, Web site: http://www.ccpaqp.org.pe
Arequipa - Perú