Martes 02 de agosto del 2011

 
     
 
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T-Registro ya es obligatorio

Entrega de información laboral será en nuevos formularios virtualesIncumplimiento de obligaciones constituirá infracciones graves

Información. Sunat solo aceptará la entrega de nuevos formularios virtuales.

En adelante, los empleadores están obligados a atender las nuevas reglas del registro de información laboral, conocido también como T-Registro. Un nuevo medio informático que deberán emplear las empresas para ingresar la data respectiva sobre sus trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal en formación, de terceros y derechohabientes, en cumplimiento del DS N° 008-2011-TR. 

Así, la puesta en vigencia de este nuevo formato implica el uso de tres formularios virtuales para registrar información en el T-Registro y el PDT Planilla Electrónica -Plame. El primero, el Formulario Virtual Nº 1603 - Información del Empleador, para dar de alta o de baja en el referido sistema al empleador o para la modificación y/o actualización de sus datos en el mismo.
Luego, el Formulario Virtual Nº 1604 -Información del Trabajador, Pensionista, Personal en Formación-Modalidad Formativa Laboral y otros y Personal de Terceros, para dar de alta o de baja al trabajador, pensionista, prestador de servicios del referido personal, así como para la modificación y/o actualización de los datos vinculados a dichos sujetos. Finalmente, el PDT Planilla Electrónica -Plame, Formulario Virtual Nº 0601-versión 2.0, el cual estará a disposición de los interesados en Sunat Virtual desde el próximo 24 de agosto, informó el laboralista Germán Lora Álvarez.

Obligados

De acuerdo con la legislación, deben utilizar los citados formatos los empleadores que se encuentren obligados a llevar la planilla electrónica, con excepción de quienes únicamente contraten a los prestadores de servicios, cuando no tengan la calidad de agentes de retención. Igualmente, aquellos sujetos que de acuerdo con las normas vigentes pueden seguir utilizando el Formulario Nº 402, de retenciones y contribuciones sobre retenciones.

Finalmente, aquellos que, usando el Formulario Nº 402, optaron por utilizar el Formulario Virtual Nº 1602 - Información del Derechohabiente para declarar dicha información, teniendo ahora la obligación de seguir utilizándolo.

Antecedentes

1 La planilla electrónica se encuentra conformada por la información del registro de información laboral (T-Registro) y la planilla mensual de pagos (Plame), que se elabora obligatoriamente a partir de la información consignada en dicho registro.

2 Así, surge la obligación del empleador de registrarse en el T-Registro, así como de registrar a sus trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal en formación-Modalidad Formativa Laboral y otros, personal de terceros y derechohabientes.

3 El marco legal que sustenta y justifican dicha obligación está contenida en las RM Nº 009-2011-TR, 121-2011-TR; la RS Nº 010-2011-SUNAT; y, el DS Nº 008-2011-TR.

Infracciones graves

Los empleadores deberán atender como infracciones graves en materia de relaciones laborales, sancionables desde 2012, los siguientes incumplimientos:
No registrar trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal en formación-modalidad formativa laboral y otros, personal de terceros o derechohabientes en las planillas de pago o planillas electrónicas, o no registrar trabajadores y prestadores de servicios en el registro correspondiente, en el plazo y con los requisitos previstos.
No tener debidamente actualizado el T-Registro, no consignar datos completos, no presentarlo ante la autoridad administrativa de trabajo, no efectuar el alta en el registro y plazo respectivo.

¿Qué es T-Registro y Plame?

El T-Registro se define como el registro de información laboral de los empleadores, trabajadores, pensionistas, derechohabientes, prestadores de servicios, personal en formación, personal de terceros y derechohabientes. Mientras que el Plame contendrá la información referida a los ingresos y remuneraciones mensuales por declarar.

Diario El Peruano, martes 02-08-2011
www.elperuano.pe

 
Darán paquete de promoción para las mype

El ministro de la Producción (Produce), Kurt Burneo, anunció que su portafolio pondrá especial énfasis en crear un agresivo paquete de promoción para las micro y pequeñas empresas (mype). 

"No hay inclusión social si en la estrategia no se involucra a las mype, que explican más del 50% del Producto Bruto Interno (PBI) y el 98% del número de empleos", sostuvo en la ceremonia de presentación ante los trabajadores de su sector.
Anotó que la normativa trabajará junto a la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Mype y del Acceso al Empleo Decente (Ley Mype), la cual aparentemente tiene resultados que no son de los mejores.

Diario El Peruano, martes 02-08-2011
www.elperuano.pe

 

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