Viernes 08 de abril del 2011

 
     
 
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Cambios en inspecciones laborales
 

ACCIONES. GOBIERNO BUSCA DAR MAYOR DINAMISMO AL PROCESO Y DRaSTICIDAD AL INCUMPLIMIENTO LABORAL

Aceleran los plazos para el inicio de actuaciones inspectivas
Incorporan, además, nuevas causales de infracciones graves

En adelante, las inspecciones dispuestas por orden superior deben iniciarse dentro de los 10 días hábiles de recibido el mandato. Mientras que en los casos de despido arbitrario, accidente de trabajo, suspensiones, huelgas o paralizaciones, cierre del centro laboral, terminación colectiva de contratos y otros de carácter urgente deberá fiscalizarse en el día de recibida la orden o desde que se tome conocimiento del hecho.

Así lo precisa el DS Nº 004-2011-TR, que modifica el reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, en los aspectos referidos al inicio de las actuaciones inspectivas, infracciones muy graves en materia de relaciones laborales, infracciones graves de seguridad y salud en el trabajo, recurso de apelación, etcétera.         
La norma, de esta manera, incorpora nuevos supuestos que califican como infracción muy grave, como aquellas relacionadas con el incumplimiento de normas destinadas a proteger la salud, desarrollo físico, mental y emocional de los menores de edad en el trabajo. En estos casos, la multa será la máxima prevista en el rango correspondiente.
 Se califica, de igual modo, como infracción grave no dar cuenta a la autoridad sobre los accidentes de trabajo mortales o incidentes peligrosos y no comunicar los demás accidentes al centro médico asistencial donde el trabajador accidentado es atendido, o no llevar a cabo la investigación en caso de producirse daños a la salud de los trabajadores o que las medidas preventivas son insuficientes.
Además, de afectarse la libertad sindical, la multa considerará solo a los trabajadores afiliados al sindicato.

Recursos de apelación
De acuerdo con los cambios incorporados al reglamento, los recursos de apelación, en general, deberán ser resueltos dentro del plazo de 30 días de interpuesto el recurso. Además, el expediente deberá elevarse para su resolución dentro de los cinco días de interpuesto el recurso, bajo responsabilidad.
Otro cambio importante es la incorporación como infracción muy grave el incumplimiento de la normativa sobre seguridad y salud en el trabajo, que ocasione un accidente de trabajo que produce la muerte del trabajador o cause daño en el cuerpo o en la salud del trabajador, que requiera asistencia o descanso médico, conforme con el certificado o informe médico legal.

Fuente: Diario El Peruano, viernes 08-04-2011
www.elperuano.pe

 
El BCR elevó su tasa clave por cuarto mes seguido
 

La medida busca limitar el impacto de los aumentos de precios internacionales de alimentos y combustibles en las expectativas de inflación del país, explicó el ente emisor.

El Banco Central de Reserva (BCR) elevó su tasa clave de interés por cuarto mes consecutivo, a un 4% desde un 3.75%, en una medida esperada por el mercado y con la que busca limitar el impacto del alza de los alimentos y energía en las expectativas inflacionarias.

En un sondeo realizado por Reuters, 10 analistas previeron un alza de 25 puntos base y tres una de 50 puntos.

La medida se da después de que el presidente del Banco Central, Julio Velarde, dijo en una entrevista con Reuters que elevar fuertemente la tasa referencial en medio de la incertidumbre mundial sería como “frenar en una pista de hielo” el vigoroso crecimiento del país.

“Esta medida tiene como finalidad limitar el impacto de los aumentos de precios internacionales de alimentos y combustibles en las expectativas de inflación, en un contexto de alto crecimiento de la demanda interna”, dijo la autoridad monetaria en un comunicado.

“Futuros ajustes en la tasa de interés de referencia estarán condicionados a la nueva información sobre la inflación y sus determinantes”, agregó.

El Banco Central también ha estado elevando los requerimientos bancarios, en un intento por mantener la inflación a raya dentro de su rango meta de entre un 1 y un 3%.

La inflación en Perú se aceleró en marzo a su mayor tasa mensual en casi tres años, al anotar un alza del 0.7%.

El ministro de Economía, Ismael Benavides, dijo el jueves que la inflación es la “principal preocupación” del Gobierno, por lo que también han tomado medidas para frenar el gasto.

La economía peruana se expandió un 8.8% el año pasado, una de las tasas más altas del mundo. Para este año, el Banco Central anticipa un avance del 7%.

Fuente: Diario Gestión, jueves 07-04-2011
www.gestion.pe

 
 

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