Martes, 01 de junio del 2010

 
     
 
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Mejoran auditorías y verificaciones fiscales

 

SUNAT CONTROL VA DESDE OPERATIVOS MASIVOS HASTA A LAS GRANDES EMPRESAS
Fiscalización al primer trimestre aumenta rendimiento recaudatorio

Estrategia de control segmenta a contribuyentes según tamaño, informan

Un rendimiento de más de 785 millones de nuevos soles, sustentado en declaraciones rectificatorias presentadas, pagos inducidos, montos compensados y valores emitidos, obtuvo la Sunat al finalizar sus diversas acciones de fiscalización realizadas al primer trimestre del año.

En este período, culminaron las auditorías y verificaciones relacionadas con el correcto cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales de casi ocho mil contribuyentes.
Al respecto, el ente fiscal informó que dichos resultados se enmarcan en la estrategia de fiscalización que segmenta a los contribuyentes según su tamaño.

"La fiscalización a las grandes empresas es integral y especializada, caracterizada por altos volúmenes de transacciones y/o complejidad en sus operaciones. Así, entre enero y marzo se han realizado acciones de fiscalización a 1094 principales contribuyentes con un rendimiento de S/. 525.41 millones entre valores emitidos, pagos inducidos y montos compensados", afirmó la Sunat.
Mientras que, en el segmento de medianos y pequeños contribuyentes, las auditorías y verificaciones terminadas involucraron a 6,565 contribuyentes en 8,250 casos y generaron un rendimiento superior a los S/. 222 millones.

Para las personas naturales, la fiscalización se dirige a los profesionales que perciben rentas por el ejercicio profesional independiente, así como aquellos que reciben ingresos por el arrendamiento de bienes inmuebles y ganancias de capital. Este tipo de fiscalización también contempla la revisión del incremento patrimonial. En enero y marzo se fiscalizaron a 268 personas naturales.

Acciones inductivas dan resultados
Como parte de la estrategia de fiscalización, la Sunat desarrolla también acciones inductivas de fiscalización en que comunica al contribuyente las inconsistencias detectadas sobre la base de los cruces de información, y se le solicita rectificar las declaraciones presentadas. Estas acciones se concentran en el segmento de medianos y pequeños contribuyentes así como en las personas naturales.

Así, al primer trimestre del año se han efectuado 10,362 acciones inductivas por un valor cercano a los S/. 10 millones. De este monto, casi el 70% se realizó a medianos y pequeños contribuyentes, en tanto que se realizaron acciones inductivas a 3,107 personas naturales por S/. 1.82 millones.

Respecto a las acciones de operativos masivos para la generación de riesgo, éstos se dirigen principalmente a los medianos y pequeños contribuyentes, los inscritos en el RER y Nuevo RUS.
Entre enero y marzo se desarrollaron 33 mil acciones de verificación de entrega de comprobantes de pago, siendo el segmento del RER y el Nuevo RUS el que concentra el mayor porcentaje de estas acciones (71%).

Revisiones
Desarrolló además programa de Verificación Integral del Cumplimiento de Obligaciones Tributarias (VICOT) a 43,119 contribuyentes, principalmente del Nuevo RUS (28%) así como de Medianos y Pequeños Contribuyentes (58%).

Mediante el control móvil, fiscalizó a 3,180 contribuyentes, 349 acciones de control de ingresos y 1762 inspecciones laborales.

Fuente: El Peruano Martes 01-062010
www.elperuano.com.pe

 
Aprueban precedentes registrales

 

La Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) aprobó nuevos precedentes de observancia obligatoria en materia registral, referidos a la improcedencia del recurso de nulidad, la inmatriculación de vehículos y de la vigencia del período de funciones del comité electoral.

Así, el primero, sobre la improcedencia del recurso de nulidad, refiere que "el pedido de nulidad de una resolución del Tribunal Registral siempre se debe declarar improcedente, sin perjuicio que el mismo Tribunal pueda declarar de oficio la nulidad de su propia resolución".

Luego, en la inmatriculación de vehículos en mérito de título judicial, precisa que "de conformidad con el segundo párrafo del art. 2011 del Código Civil, para inmatricular un vehículo en mérito de título judicial, las instancias registrales deben solicitar la acreditación del pago de los tributos aplicables a la importación del bien (DUA)".

Comité electoral
Finalmente, sobre la vigencia del periodo de funciones del comité electoral, acordó que "el comité electoral o, sus integrantes en el caso de la renovación por tercios, no continúan en funciones luego de vencido el periodo para el que fueron elegidos, salvo disposición distinta del Estatuto. Por lo tanto, si ha vencido el periodo de funciones o los integrantes con periodo vigente no hacen quórum suficiente para sesionar y adoptar acuerdos, deberá previamente elegirse al Comité Electoral que intervendrá en la elección de los integrantes de los órganos de la persona jurídica".

En esta última, el colegiado da respuesta al constante cuestionamiento de que si los miembros del comité electoral cuyo período de vigencia de funciones lleva apenas días de terminado se encuentran aun legitimados para ejercer estas.

Tener presente
El período de funciones del consejo directivo u órgano análogo y su continuidad se rigen por lo establecido en el estatuto, es decir, se deja a la voluntad de la persona jurídica definir si continúa en funciones o no
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Fuente: el Peruano Martes 01-06-2010
www.elperuano.com.pe

 
 
 

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