Lunes 15 de marzo del 2010
 
     
 
  NOTICIAS DEL DÍA
 
     
 
Declararán embarcaciones de recreo
 

CONTRIBUYENTES. ATENCIÓN, PROPIETARIOS DE YATES, MOTOS NÁUTICAS Y OTRAS NAVES
El plazo legal para presentar esta información vencerá a fines de abril

Los propietarios de yates, motos náuticas y otras embarcaciones tienen hasta el 30 de abril para presentar la Declaración Jurada del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo correspondiente al presente año, de conformidad con la RS N° 084-2010/SUNAT.

La norma indica que el pago del referido impuesto (5% de la base imponible) podrá realizarse al contado o en cuatro cuotas fraccionadas.
En consecuencia, la Sunat ha fijado el 30 de abril como fecha límite para el pago al contado o de la primera cuota fraccionada. Los plazos para el pago de las otras cuotas fraccionadas son el 30 de julio y 29 de octubre, y el 31 de enero de 2011.

La declaración del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo se presenta a través del portal de la Sunat (www.sunat.gob.pe), utilizando el Formulario Virtual 1690.
En caso de transferencia de propiedad, el transferente deberá efectuar el pago total del impuesto hasta el último día hábil del mes siguiente de producida la transferencia.

Regularización del IR 2009
La Sunat además viene brindando diversos servicios para facilitar la presentación de la Declaración Anual del IR 2009. Así, los contribuyentes pueden cumplir con esta obligación e incluso efectuar los pagos respectivos –utilizando tarjetas de crédito y débito, por intermedio de Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe).

También se cuenta con 239 cabinas PDT en los Centros de Servicios al Contribuyente de todo el país, 110 en Lima y 129 en el resto de provincias, módulos de uso gratuito donde el contribuyente podrá recibir asistencia y orientación personalizada sobre el llenado de la declaración.

Fuente: El Peruano, lunes 15.03.2010.
www.elperuano.com.pe

 
Incentivos para retornar al país
 

MIGRACIONES. MEDIDAS A FAVOR DE CONNACIONALES SE EXTIENDEN POR TRES AÑOS MÁS
Destinados a peruanos con residencia de más de cinco años en exterior

Liberarán del pago de tributos a profesionales y empresarios que regresen

El Gobierno restableció los incentivos tributarios para profesionales y empresarios que retornen al país, al promulgar y publicar la Ley Nº 29508, que repone la vigencia de la Ley Nº 28182 sobre incentivos migratorios.

En efecto, la citada norma estableció incentivos migratorios para promover el retorno de peruanos del extranjero, a fin de dedicarse a actividades profesionales y/o empresariales. Esta ley estuvo vigente por cinco años que caducaron el 1 de marzo último, explicó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano.

Ahora la Ley Nº 28182, cuya vigencia se ha restablecido por tres años más, dispone que los peruanos que residen en el extranjero, para acogerse a los incentivos, deberán de cumplir los requisitos siguientes. El primero, haber permanecido en el extranjero no menos de 5 años; luego, manifestar por escrito a la autoridad peruana (Sunat) su interés por retornar al país y, finalmente, acogerse a la ley.

Beneficios
Los peruanos que se acojan a la ley quedarán liberados de todo tributo que grave el internamiento en el país de los siguientes bienes: (i) menaje de casa hasta por 30,000 dólares americanos y un vehículo automotor hasta por 30,000 dólares americanos; (ii) instrumentos profesionales, maquinarias, equipos, bienes de capital y demás bienes que usen en el desempeño de su profesión, oficio o actividad empresarial hasta por 100,000 dólares americanos.

Zavala Lozano detalló que se perderán los incentivos tributarios cuando se transfieran, por cualquier título, a favor de terceras personas los bienes que hayan internado al país, dentro de los cinco años siguientes a su internamiento.
Según la norma, la Cancillería se encargará de difundir los beneficios otorgados por la Ley Nº 29508, a través de sus delegaciones diplomáticas, embajadas y consulados, contando con el apoyo de los consejos de consulta.

Justificación
1 En enero del 2002, se promulgó la Ley Nº 28182, Ley de incentivos migratorios, con el objetivo de promover el retorno de los peruanos que han permanecido en el extranjero no menos de cinco años, para que a su regreso puedan dedicarse a actividades profesionales y/o empresariales en el país.

2 La norma fomenta el retorno de peruanos exitosos, así como de jubilados en el extranjero, peruanos que han logrado progreso económico y que de retornar contribuirían con sus impuestos al incremento de la recaudación fiscal.

3 La legislación atiende además la situación de crisis global, en que resulta imperante acoger a todos nuestros compatriotas que también se ven afectados por esta situación.

Trámites que seguir
Según el DS Nº 028-2005-EF, reglamento de la Ley Nº 28182, las solicitudes de acogimiento a los beneficios tributarios deberán ser presentados al ente recaudador, al ingresar al país o dentro de los cuatro meses, contados a partir del ingreso al país del beneficiario.

La norma establece que Sunat llevará el registro
denominado “Registro de Beneficiarios de la Ley de Incentivos Migratorios - Ley Nº 28182”. En estos casos, los beneficiarios
contarán con 30 días útiles para inscribirse en el RUC.

La reciente ley instituye que las solicitudes de acogimiento a los incentivos tributarios pendientes ante Sunat continuarán su trámite conforme a las disposiciones legales y reglamentarias restablecidas.

Fuente: El Peruano, lunes 15.03.2010.
www.elperuano.com.pe

 
Exportaciones de regiones crecieron 65% durante enero
 

COMERCIO. SUMARON US$ 1,716.6 MILLONES, INFORMÓ ADEX
El resultado se sustentó en el desenvolvimiento de las ventas de cobre

Arequipa mostró más envíos al exterior, con US$ 250.5 millones

Los envíos de las regiones del Perú –exceptuando Lima y Callo– sumaron 1,716.6 millones de dólares, experimentando un crecimiento de 65% en enero de este año en relación con similar mes de 2009, reportó la Asociación de Exportadores (Adex).

Explicó que dicho crecimiento espectacular se sustentó en el desenvolvimiento del cobre, que fue la principal partida de las regiones más importantes (por monto exportado).
La región que ocupó el primer lugar fue Arequipa, al obtener 250.5 millones de dólares en exportaciones, y registró un increíble crecimiento de 207%, representando el 15% de los envíos totales del interior del país.

Su principal producto de exportación fue el cobre (concentrado y refinado), que alcanzó casi los 150 millones de dólares, concentrando el 58% del total.
Otras partidas exportadas fueron el oro (45.7 millones de dólares), plomo (18.5 millones de dólares) y harina de pescado (10.1 millones de dólares).
El Área de Inteligencia Comercial de Adex informó que otras partidas arequipeñas que conquistaron los mercados internacionales, pero por montos inferiores a los 3.5 millones de dólares, fueron las hortalizas, hilados de lana y pelo fino, frutas y abonos.

La segunda región con mayores exportaciones fue Áncash, que con sus envíos por 248 millones de dólares, registró una evolución de 48%.
El cobre concentrado fue su partida más importante, representando el 54% del total, le sigue el zinc, harina de pescado y oro. De lejos le siguen el plomo, grasas y aceite de pescado, productos del sector siderúrgico-metalúrgico y los moluscos congelados.

Mayor venta de cobre
Moquegua, representando el 14% del total exportado, ocupó el tercer lugar con envíos por 237.8 millones de dólares; es decir, 185% más que en enero del año pasado.
En este caso, otra vez el cobre ocupa un lugar privilegiado en la canasta exportadora de esa región, al concentrar el 89% del total, (211.9 millones de dólares), seguido muy de lejos por el molibdeno, cobre concentrado, productos químicos y harina de pescado.

Desempeño
1 Ica exportó por 225.6 millones de dólares, con sus principales productos, derivados del petróleo (97.4 millones de dólares): uva (42.1 millones de dólares), hierro, harina de pescado, frutas frescas y secas, espárragos, confecciones y zinc.

2 La Libertad envió al exterior por 207.5 millones de dólares, mostrando un crecimiento de 65%.

Fuente: El Peruano, lunes 15.03.2010.
www.elperuano.com.pe

   
     

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE AREQUIPA
Sánchez Trujillo 201 Urb. La Perla Cercado. Teléfonos: 215015, 285530, 231385
Email: ccpaqp@ccpaqp.org.pe, Web site: http://www.ccpaqp.org.pe
Arequipa - Perú