Martes 15 de diciembre del 2009  
       
    Noticias del Día  
       
 

Acuerdan que ganancias en la bolsa paguen el IR

 

La Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República aprobó ayer por unanimidad el dictamen del proyecto de ley que modifica el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta (IR), cuyo punto principal es gravar las ganancias de capital.

El presidente de este grupo de trabajo, Luis Galarreta, se mostró confiado en que el Pleno del Congreso aprobará esta iniciativa cuando sesione mañana “por tratarse de un tema de equidad”.
Detalló que según la iniciativa presentada por el Poder Ejecutivo, las personas naturales que inviertan en el mercado bursátil y generen pérdidas anuales no pagarán IR por ese concepto.
“La principal modificación que se hizo al proyecto de ley presentado por el Ejecutivo a finales de noviembre, es lo referente a la compensación por pérdidas que tendrá una periodicidad anual”, señaló.

Así, las personas naturales que inviertan en la BVL podrán compensar las ganancias de capital que obtengan en algunas acciones (u otros instrumentos financieros) con las pérdidas que resulten de otras acciones, apuntó.
Galarreta mencionó que otro cambio fundamental de la iniciativa de ley es que se da un plazo de seis meses para que los fondos mutuos y las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) se adecuen a la norma.
“El proyecto de ley establece que los fondos mutuos y AFP serán agentes retenedores de la Sunat, como lo hace cualquier otra empresa.”

Manifestó que a partir del primero de enero del próximo año las personas jurídicas pagarán una tasa de 30 por ciento, mientras que las naturales 5%.
Agregó que los pequeños inversionistas estarán exentos de este tributo siempre que la ganancia de capital sea inferior a 5,000 dólares, unas cinco Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
También reveló que el Congreso formará un grupo de trabajo para evaluar los resultados de esta ley.

Exceptuados
Por otro lado, el titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Luis Carranza, dijo que la aplicación del IR a las ganancias de capital a partir del primero de enero de 2010 no tendrá ningún efecto negativo en el comportamiento de la bolsa local.
En este sentido, aseveró que la BVL seguirá en expansión impulsada por el fuerte avance del PBI y los mejores ingresos per cápita de la población.

“El mejor desempeño de la economía nacional también generará posibilidades de ahorro en los agentes económicos, que tendrán cada vez mayores excedentes para invertir”, acotó.
Al respecto, detalló que el 77% de las personas naturales que invierten en la Bolsa de Valores de Lima (BVL) estarían exentas de pagar el IR a sus ganancias de capital.
Durante su participación en la sesión de la Comisión de Economía, Carranza dijo que el Estado habría recaudado unos 200 millones de nuevos soles este año si se hubiera aplicado el IR a las ganancias de capital.

“Según cálculos realizados por la Sunat, la recaudación por este concepto hubiera ascendido a aproximadamente 200 millones de nuevos soles si este impuesto hubiera estado vigente desde enero de este año”, declaró.
El ministro precisó que estos 200 millones de nuevos soles representan aproximadamente 300 kilómetros de carreteras, que unas 200 mil personas pudieron haber tenido luz eléctrica o que 120 mil personas más hubieran podido acceder a servicios de agua potable.

A partir de 2012
El presidente de Grupo Capital, Boris Ljubicic, consideró que esta norma debió haberse postergado un par de años más a fin de lograr los resultados esperados por el Gobierno.
Consideró que el mercado bursátil local todavía es muy pequeño como para que se le deje de fomentar. “Se han debido esperar uno o dos años para que la Bolsa tenga un mejor desarrollo y haya más gente con cultura bursátil”.
Así, agregó, con más gente informada y un mercado más estable se podría pensar en la aplicación del IR a las ganancias de capital.
Ljubicic sostuvo que se espera que la norma que apruebe el Pleno del Congreso incorpore las sugerencias y recomendaciones de los operadores del sector por el bien del desarrollo del mercado bursátil.
"Aquí lo más importante es aplicar la norma en forma correcta y con equidad", dijo.

 

Fuente: El Peruano. Martes 15.12.2009.
www.elperuano.com.pe

 
 

Multa para empresas que incumplan pago de gratificaciones por Navidad asciende hasta S/. 106 mil

 

Las empresas del sector privado que incumplan con realizar el pago de gratificaciones por Navidad recibirán multas de hasta 106 mil nuevos soles, afirmó hoy el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

“Las empresas tienen plazo hasta hoy, 15 de diciembre, para efectuar el pago de gratificaciones y, en caso de no hacerlo, se harán acreedores a una multa”, señaló la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Manuela García.

Especificó que la multa para una empresa podría oscilar entre 1,065 soles hasta 106 mil soles, dependiendo del número de trabajadores afectados por el incumplimiento de la ley.

“A partir de la primera semana de enero los inspectores de trabajo fiscalizarán que las empresas hayan cumplido con realizar el pago a sus trabajadores”, precisó.

Asimismo, refirió que el MTPE ya publicó el cronograma de pago de las gratificaciones para los empleados del Sector Público.

Sostuvo que el MTPE realizó hasta hoy una intensa campaña de orientación sobre el pago de las gratificaciones a nivel nacional, por lo que espera que todas las empresas cumplan con su obligación.

Precisó que durante la campaña de orientación se espera visitar un total de 3,000 empresas, de las cuales alrededor de 40 por ciento serán de Lima y el resto de provincias.

Manifestó que las inspecciones y campañas de fiscalización que realiza el MTPE han permitido que progresivamente las empresas entiendan que se debe cumplir con todos los derechos laborales de sus trabajadores.

La ministra ofreció detalles sobre los planes y metas de desarrollo de su portafolio para los próximos años durante una reunión con el Comité de Agentes y Representantes de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).


Fuente: Andina. Martes 15.12.2009.
www.andina.com.pe

 
   

Congreso de la República aprobó Ley Procesal de Trabajo y juicios laborales se resolverán en seis meses

 

El pleno del Congreso de la República aprobó hoy la Ley Procesal de Trabajo, la cual permitirá que los juicios laborales se realicen de manera oral y se resuelvan en un promedio de seis meses, anunció hoy la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Manuela García.

“Esta norma permitirá no sólo que la justicia se aplique de forma rápida sino que se reduzcan los costos del proceso y también que se modernice el sistema judicial del país para resolver estos juicios laborales”, manifestó a la agencia Andina.

Explicó que en la actualidad los juicios laborales duran en promedio cuatro años, y hasta siete cuando se trata de casos de despido arbitrario, pero con la nueva Ley Procesal de Trabajo este tiempo se acortará a seis meses.

“La aplicación de esta ley va a generar una revolución en la administración de justicia laboral en Perú, y eso es lo que hemos estado esperando hace mucho, los empleadores, trabajadores y también los inversionistas”, comentó.

Sostuvo que con los juicios orales las audiencias serían sustancialmente un debate de posiciones presididas por el juez, quien puede interrogar a las partes, sus abogados y terceros participantes, en cualquier momento, agilizando así todo el proceso.

Añadió que la ley establece la creación de un sistema de notificaciones, preferentemente electrónicas, salvo en algunos casos, lo cual reducirá los costos y los tiempos de espera de las partes en litigio.

Indicó que todo ello vendría acompañado de la aplicación de un soporte informático, lo cual constituye un salto tecnológico para dejar atrás el expediente escrito.

“El tema de la capacitación de los jueces y la modernización que se plantea también es de importancia para toda la sociedad”, recalcó durante una reunión con el Comité de Agentes y Representantes de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

La ministra comentó que la entrada en vigencia de esta ley está supeditada a la promulgación a cargo del presidente de la República, Alan García.

“Proyectamos que será a principios del próximo año teniendo en cuenta que el Poder Judicial deberá tomar las acciones necesarias para su implementación, pues tendrá que adaptar sus locales o construir nuevos locales para el proceso oral”, dijo.

Ello implica un diseño distinto, una estructura diferente, una manera diversa de situarse las partes y poder dialogar o intercambiar sus posiciones con inmediata intervención del juez, que deja de ser una figura pasiva y pasa a ser protagonista del proceso, afirmó.

La ley aprobada otorga a los sindicatos la capacidad para comparecer en defensa de sus dirigentes y afiliados sin necesidad de poder especial de representación, exigencia que la vigente Ley Procesal del Trabajo establece.

Además, existirá la defensa de oficio a cargo del Ministerio de Justicia (Minjus) a favor de la madre gestante, el menor de edad y el impedido.

El documento prevé como medida especial la reposición provisional del trabajador, la misma que es procedente fuera o dentro del proceso, cumplidos los requisitos ordinarios; o también de modo simplificado cuando el demandante ha sido, al momento del despido, dirigente sindical, menor de edad, madre gestante o impedido; y el fundamento de la demanda es verosímil.

 

Fuente: Andina. Martes 15.12.2009.
www.andina.com.pe

 
 
     
       
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