Lunes 09 de noviembre del 2009  
       
    Noticias del Día  
       
 

Deudas laborales en SBS superan los S/. 51 millones

 

Hasta el momento, más de nueve mil empresas infractoras de la legislación laboral que no han cumplido con pagar sus multas, a pesar de las facilidades otorgadas por la autoridad laboral, han ingresado a la Central de Riesgo de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), reveló la viceministra de Trabajo, Elisabed Zevallos.

Así, el importe acumulado de las sanciones económicas superan los S/. 51 millones, teniéndose registradas multas que datan desde el año 2,000, detalló la autoridad. Después explicó que desde hace tres años, el sector Trabajo publica la razón social, el motivo de la infracción laboral y el monto de la multa de las empresas morosas en su portal institucional (www.mintra.gob.pe).
La publicación de esta lista se realiza tras agotar una serie de medidas y facilidades que se les otorga para que regularicen su situación y la de los trabajadores, señaló.

Al respecto, se puede anotar que la estrategia del sector Trabajo para el cumplimiento de estas deudas no solo es represiva, sino que cuando encuentra a una empresa en falta, en principio, le brinda asesoría para que pueda regularizar la situación de los trabajadores y le otorga un plazo razonable para levantar las observaciones.

“En caso de que la empresa se niegue a acatar el requerimiento de la autoridad laboral en el plazo previsto, entonces, se expide una propuesta de multa e ingresan a un proceso sancionador en que se respeta el derecho de defensa de la empresa”, precisó la viceministra.
Añadió que cuando las empresas son multadas por infracciones laborales y cuentan con una resolución administrativa firme o consentida, se les concede un plazo prudente para que cancelen su deuda, así como facilidades de pago. Dichos instrumentos pueden ser de aplazamiento de pago, fraccionamiento o aplazamiento con fraccionamiento.

Si no optan por ninguno de estos beneficios ni muestran voluntad de pago, entonces su razón social pasa a la Central de Riesgo de la SBS y podrían tener dificultades para ser sujetas de crédito. Además, serán pasibles de un proceso de cobranza coactiva que podría terminar en un embargo.

Medida con mayor fuerza legal
Para otorgar una mayor eficacia en el cumplimiento laboral, recientemente, la Comisión de Trabajo del Congreso aprobó por unanimidad el proyecto de ley que crea el registro de empleadores morosos, en el cual quedarán inscritas las empresas y accionistas que tengan créditos laborales impagos como consecuencia de una sentencia consentida o ejecutoriada del Poder Judicial.
Dicha nómina deberá contener nombres del empleador moroso y, cuando corresponda, denominación de la entidad o empresa morosa; domicilio y DNI del empleador moroso. Además, el monto de intereses y la obligación pendiente de pago.

Datos
¿Cómo salir de la central de riesgo?
Para ser retirados de este listado, que se actualiza al mes, las empresas tienen dos opciones: acogerse al beneficio de fraccionamiento demostrando su voluntad de pago; o cancelando el total de la deuda.

La razón social de la empresa morosa y el monto pendiente de pago son retirados de la Central de Riesgo de la SBS, así como del portal institucional: www.mintra.gob.pe a más tardar el quinto día útil
del siguiente mes en curso si adoptan alguna de estas acciones.

Aquellas empresas morosas que deseen regularizar su situación, deben comunicarse con la Unidad de Control de Multas al teléfono 630-6000, anexos 8060, 8061 y 8062. También pueden solicitar información en los e-mail: maguilar@mintra.gob.pe, cdiazvargas@mintra.gob.pe, kmalca@mintra.gob.pe y kdelgado@mintra.gob.pe.

 

Fuente: El Peruano. Lunes 09.11.2009.
www.el peruano.com.pe

 
 

Defraudación aduanera se reducirá en 30% a fines del 2010, asegura Sunat


 

El superintendente nacional adjunto de Aduanas, Carlos Ramírez, estimó hoy que la defraudación aduanera podría registrar una reducción de 30 por ciento a fines del 2010, impulsado por las acciones y medidas que actualmente realiza la entidad así como las que se iniciarán a partir del próximo año.

“En la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), a la que se ha fusionado Aduanas, tenemos acciones y medidas tanto normativas como operativas que son específicas para luchar contra la subvaluación y contrabando”, dijo.

Detalló que del total de la actividad de fiscalización que realiza a la fecha la Sunat en materia aduanera, el 74 por ciento está orientada a las mercancías sensibles como textiles, confecciones, calzados y plásticos, entre otros.

Comentó que, por ejemplo, en los años 2005 y 2006 la fiscalización a las mercancías sensibles fue el 77 por ciento del total, luego cayó a 75 por ciento en el 2007 y a 69 por ciento en el 2008, y en lo que va del presente año se ha recuperado llegando a 74 por ciento.

Anotó que lo único que se puede hacer frente a estas malas prácticas de algunos importadores es intensificar las acciones de fiscalización, para lo cual solicitan información a diversas instituciones y entidades como el Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE), entre otros.

“Uno de los problemas es que no tenemos rápidamente la información solicitada. De hecho estamos bajando los plazos en este aspecto pero cada país tiene sus propias normas y regulaciones y allí no podemos intervenir”, manifestó.

Ramírez mencionó que al igual que otras entidades, la Sunat y Aduanas tienen un plan de trabajo a largo plazo, el cual tiene por meta mejorar hasta en 40 por ciento la eficiencia de sus acciones y medidas implementadas, con el objetivo de disminuir la subvaluación y el contrabando existente.

Añadió que uno de los aspectos que ayudará a bajar la defraudación es el nuevo procedimiento de despacho aduanero en 48 horas que comenzará a aplicarse, en su primera fase, el primero de enero del 2010.

“Con estos despachos estamos tratando de mejorar todo el entorno informático del proceso aduanero, es un gran cambio”, subrayó al programa “Es bueno saberlo” de CPN Radio.

 

Fuente: Andina. Lunes 09.11.2009.
www.andina.com.pe

 
   

Sancionarán acoso sexual ambiental con despidos

 

Nadie se salva. Hasta con el despido serán sancionados todos aquellos trabajadores que, bajo una relación de jerarquía, dependencia e inclusive prescindiendo de dicha autoridad o ventaja, acosen sexualmente a sus compañeros de trabajos, en cumplimiento de la Ley Nº 29430.

La norma, de esa forma, incorpora en la legislación nacional la figura del hostigamiento sexual ambiental, referida a la conducta física o verbal reiterada de carácter sexual o sexista de una o más personas hacia otras con prescindencia de jerarquía, estamento, grado, cargo, función, nivel remunerativo, capaz de crear un clima de intimidación, humillación u hostilidad.

Elementos constitutivos
Así se regula como elemento constitución de esta sanción, cuando la conducta del hostigador, sea explicita o implícita, afecta el trabajo de una persona, interfiriendo en el rendimiento de su trabajo o le crea un ambiente de intimidación, hostil u ofensivo. Se incorpora, además, como una manifestación de este hostigamiento sexual, el uso de términos sexistas –tanto escritos como verbales– y las proposiciones y gestos obscenos que resulten insoportables.
Finalmente, la Ley Nº 29430 modifica los artículos 4, 5, 6, 7 y 8 de la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, que solo consideraba los casos de acoso sexual de empleadores a empleados.

Responsabilidad
Según la Ley Nº 29430 los empleadores deben adoptar las medidas necesarias para que cesen las amenazas o represalias ejercidas por el hostigador, así como las conductas físicas o comentarios de carácter sexual o sexista que generen un clima hostil o de intimidación en el ambiente donde se produzcan.

 

Fuente: El Peruano. Lunes 09.11.2009.
www.el peruano.com.pe

 
 
     
       
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"50 AÑOS DE LA LEY DE PROFESIONALIZACIÓN", LEY Nº 13253 DEL 11-09-1959; Ley Nº 28951.

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