Noticias del Día
Martes 07 de julio del 2009
       
 
Se dictan medidas para la continuidad de labores los días 07, 08 y 09 de julio. Decreto de Urgencia Nº 072-2009
 

Mediante la presente norma, se dictan las medida económicas y financieras que permitan la continuidad de los servicios públicos y la actividad privada en los días en que se efectivice las paralizaciones anunciadas entre los días 7, 8 y 9 de julio de 2009, así como dictar otras medidas.

Entre las medidas a considerar, tenemos las siguientes:

  1. 1.   De las tardanzas:

Los trabajadores del sector público y del sector privado que en los días en que se efectivice las paralizaciones anunciadas entre los días 7, 8 y 9 de julio de 2009 incurran en tardanza en su horario de ingreso habitual a su centro de labores, no estarán sujetos a sanciones ni descuentos en sus remuneraciones e ingresos que perciban, de acuerdo a las siguientes condiciones:

a)         La tolerancia en el horario de ingreso será de 2 horas en el Departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao.

b)         La tolerancia en el horario de ingreso en el resto del país será de 1 hora.

2. Facilidades para la movilidad de los trabajadores del Sector Privado:

Se dispone que, a decisión del empleador, se pueda otorgar un “Bono extraordinario por concepto de transporte, con el objeto de compensar el gasto de transporte incurrido por los trabajadores en razón a su asistencial centro de labores y su retorno los días en que se efectivice las paralizaciones antes señaladas. Asimismo, se establece que dicho bono extraordinario no tiene carácter remunerativo conforme al artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-97- TR.

3. Medida extraordinaria para garantizar la continuidad del servicio público

Mediante el artículo 5º numeral 5.1 de la norma en comentario, se indica que las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local están autorizadas a otorgar una “Asignación Extraordinaria” a favor de sus trabajadores y personal contratado en el marco del Decreto Legislativo Nº 1057, que asistan y laboren o presten servicios normalmente, los días 7, 8 y 9 de julio de 2009, salvo lo dispuesto en el artículo 3° de la presente norma.

El numeral 5.2 del artículo 5º, fija en S/. 20,00 (Veinte y 00/100 Nuevos Soles) la asignación extraordinaria a que hace referencia el numeral precedente, por única vez y su abono se realiza en la oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes al mes de julio de 2009. Dicho beneficio no opera para entidades que cuenten con transporte de personal.

Finalmente, mediante el numeral 5.3 del artículo 5º, se establece que, la Asignación Extraordinaria no tiene carácter ni naturaleza remunerativa ni pensionable, así como tampoco está afecta a cargas sociales y que no constituye base de cálculo para las bonificaciones que establece el Decreto Supremo N° 051-91-PCM, o para la Compensación por Tiempo de Servicios o cualquier otro tipo de bonificación, asignaciones o entregas.

Fuente:Actualidad Empresarial. Martes 07.07.2009.
www.aempresarial.com
 
 
MEF informa sobre transferencias del Fondo de Compensación Municipal
 

El Fondo de Compensación Municipal tiene como principal fuente de financiamiento (97%) la recaudación del Impuesto de Promoción Municipal (IPM), el cual se cobra junto con el Impuesto General a las Ventas (IGV).

Durante el periodo 2003-2008, el FONCOMUN ha tenido una mayor asignación a la prevista inicialmente en el Presupuesto Institucional, acumulando un incremento de S/ 1 161 millones adicionales durante dicho período.

Respecto al 2009, la cifra presupuestada del FONCOMUN es de S/. 3 708 millones; sin embargo, la desaceleración de la economía y el consecuente efecto en la recaudación del IPM, conlleva a una actualización de las proyecciones del FONCOMUN, que al final del año sería de S/. 3 350 millones, cifra menor en S/. 358 millones con respecto a lo inicialmente presupuestado. Esta coyuntura ha impactado negativamente en el financiamiento del Fondo y por tanto en las transferencias de recursos por dicho concepto.

Con el propósito de minimizar el impacto de estos factores, se han dispuesto un conjunto de medidas que les permita a las municipalidades continuar brindando los servicios a la comunidad y ejecutar las inversiones prioritarias previstas. Así para el 2009 se tiene:

- Decreto de Urgencia 016 y 050-2009, incorporación de recursos para proyectos de inversión de infraestructura social y productiva (Monto S/. 318 Millones).

- Ley N° 29332. Plan de Incentivos a la Gestión Municipal 2009 (Monto S/. 372 Millones).

- Decreto Supremo N° 007-2009-VIVIENDA y Decretos Supremos N° 100 y 101-2009-EF para proyectos de saneamiento y urbanismo (Monto S/. 461 Millones).

- Otras transferencias a Gobiernos Locales (Monto S/. 317 Millones).

En el contexto actual, se exhorta a los Gobiernos Locales a tomar las medidas de racionalidad, austeridad y uso óptimo de los recursos en general, priorizando la ejecución de los proyectos de inversión que muestren la mayor rentabilidad social, orientados a resolver los principales problemas de la comunidad y manteniendo el equilibrio presupuestal. Asimismo se les exhorta a adoptar las medidas administrativas necesarias con la finalidad de incrementar sus ingresos a través de la mejora en la recaudación de sus tributos.

Fuente: Ministerio de Economía y Finanzas. Martes 07.07.2009
www.mef.gob.pe

 
   
BBVA Banco Continental prevé que BCR bajará este jueves tasa de referencia a 2%
 

El BBVA Banco Continental previó hoy que, en un entorno de ausencia de presiones inflacionarias y de mayor deterioro de la actividad económica, el directorio del Banco Central de Reserva (BCR) reducirá la tasa de interés de referencia en 100 puntos básicos, de tres a dos por ciento, en su reunión de política monetaria prevista para este jueves 9.

Explicó que el bajo ritmo mensual de la inflación en lo que va del año, de alrededor de cero hasta junio (0.03 por ciento), el retorno que habría en julio de la tasa de inflación interanual al interior del rango meta, y una tendencia decreciente que se mantendría en los próximos meses, señalan que no existen ni se prevén presiones al alza sobre los precios.

Asimismo, la brecha del Producto Bruto Interno (PBI) se estaría cerrando rápidamente y se estima que en el segundo trimestre la variación interanual del PBI sería nula o ligeramente menor, lo que sugiere que una mejora gradual de la actividad en la segunda mitad del año requiere de un mayor estímulo monetario.

Hacia adelante, en un contexto de ausencia de presiones al alza sobre la inflación, el BCR se enfocaría en moderar la desaceleración que viene mostrando la actividad económica, por lo que el BBVA Banco Continental no descarta una flexibilización adicional de la posición de política monetaria.

En junio la inflación interanual aceleró su descenso y se ubicó en 3.06 por ciento, y en julio se ubicaría por debajo de 2.50 por ciento con lo que retornaría al interior del rango meta del BCR (de dos por ciento más menos uno por ciento).

También mencionó que la trayectoria descendente de la inflación interanual se ha visto favorecida por los menores precios de los combustibles y de los alimentos importados.

Sin embargo, para los próximos meses la tendencia a la baja de la inflación se mantendría por el bajo dinamismo de la actividad económica, señaló el Servicio de Estudios Económicos del banco en su reporte BCR Watch.

Señaló que los impactos de la crisis financiera internacional sobre el sector real se han hecho más evidentes. Así, luego de registrar una expansión de 9.8 por ciento en el 2008, el PBI creció 1.8 por ciento en el primer trimestre de este año, según información del BCR, y para el segundo el BBVA Banco Continental prevé una ligera contracción.

En términos desestacionalizados, se observa que el PBI está cayendo desde octubre del año anterior y que la brecha del producto se está cerrando rápidamente.

Si bien para la segunda mitad del año se espera un mejor desempeño económico de Perú, el banco estimó que el PBI registraría tasas de crecimiento muy por debajo de su tasa potencial.

Fuente: Andina. Martes 07.07.2009
www.andina.com.pe

 
 
     
       
Distribución gratuita exclusiva del Colegio de Contadores Públicos de Arequipa para los Miembros de la Orden.

"50 AÑOS DE LA LEY DE PROFESIONALIZACIÓN", LEY Nº 13253 DEL 11-09-1959; Ley Nº 28951.

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